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Revista La DefensaAño IV | número XLIV | Junio | 2020Publicación mensualEn línea los dias 20Publicación del Instituto de Estudios LegislativosFederación Argentina de Colegios de Abogadosinfo@ladefensa.com.arwww.ladefensa.com.ar

Imágen de portada | Friné ante el areópago | Jean Leon Gerome | Óleo |1861 | ver.
Editorial
La Peste
Por Ricardo J. Cornaglia.
                         
La  peste negra alcanzó su pico de virulencia entre 1347 y 1353 y  un tercio de la población de Europa falleció a sus consecuencias. Más de 25.000.000 de seres humanos perecieron.
En la República de Florencia, sólo un quinto de sus habitantes pudieron supervivir.
Pero también sobrevivió la República, que era un raro exponente de gobierno secular, que abrevaba en la cultura política griega y romana y fue gobernada por veintiún gremios, desde el siglo XI.
Para entonces, todavía esos gremios no habían degenerado al influjo de burocracias corruptas y se encargaron de hacer funcionar a las instituciones, cuando el bacilo yersinis pestis, se encargó de poner a prueba y desolar, los resortes económicos de la hasta entonces pujante  ciudad estado, que dio lugar a la economía de mercado. Claro que funcionando a medida y conforme a los intereses de una burguesía, que cargó sobre sus espaldas, dejar atrás el medioevo y dar lugar al renacimiento. Era el gemido anunciador del nacer de la modernidad.
El arte volvió a la belleza humana y de la naturaleza, al estilo de los griegos y el derecho se hizo secular y propio de comerciantes, quedando en el camino a mérito de la razón, la invocación del fundamento divino.  El Arte di Calimala, corporación del comercio de telas, pasó a ser la banca del papado y los reyes. Financió las guerras que moldearon a las naciones de la civilización occidental.
En lo público, los efectos de la peste, dieron oportunidad de crecimiento. La ciencia política, a la luz de descarnado realismo, pocs décadas después, alcanzó a estar representada por Nicolás Maquiavelo, secretario del gremio de los viñateros, secretario de República, defensor de la autonomía de su ciudad, diezmada por el asedio de ejércitos franceses, aislada por más de una peste.
Demostró que los límites de lo público, no se reduce al aparato estatal. Que las asociaciones son la escuela de representación popular y construyen poder. La FACA es una de ellas. Aunque desde el aparato gubernamental no se la tenga en la consideración que merece.
La humanidad, aprende de sus errores o perece en el intento. La ciencia, la tecnología y la ecología, se dan patadas entre sí y nos están poniendo a prueba.
Herederos republicanos somos de ese pasado. Por adopción democrática. Desafiados por nuestra actual pandemia e inmadurez.
En la hora de la globalización la enfermedad supera las fronteras, por más que nos impida viajar, con normas de aislamiento y despliegue de fuerzas de seguridad..
La crisis global, es capaz de forzar al gobierno, para improvisar herramientas de salud pública, a ir restringiendo las escasas libertades conquistadas. Y al menor descuido,  surge la raíz totalitaria de una cultura ancestral, que encuentra motivo para forjar cadenas. Las cadenas que soportamos son las libertades que hemos perdido.
Nos queda la República. Tiene que renacer.
Y para eso, es necesario que cada uno asuma solidariamente el rol que le corresponde en la reconstrucción y en la defensa del bien común, sin renunciar a la existencia en libertad. Un pueblo que no aprede a defender su libertad está enfermo. Es un pueblo débil, que se merede instituciones inútiles.
El poder legislativo debe ser la asamblea permanente que funciones por todos los medios y se atreva a debatir las razones profundas y legislar para el futuro, dejando de ser el escribano referencista de los decretos de necesidad y urgencia.
Los jueces y sus amanuenses no pueden seguir de feria permanente. Nuestra suerte como abogados depende de ello. Nuestros representados, también dependen de un quehacer que es una requisitoria permanente de justicia. Y esto es más importante que lo anterior.
El poder ejecutivo, se tiene que dedicar a lo suyo, que es la gestión administrativa, cuando la burocracia que tiene a cargo, flota a la deriva, como si no estuviera al borde de un remolino. El presidencialismo que nos sobra, no compensa la ineficiencia de la administración.
El arte de gobernar es más complejo que sancionar normas policiales y luego rogar a la sociedad que  las respete bajo amenaza de multa o cárcel. Hay una cotradicción impícita en el mandar y rogar. Y todos sabemos que esas multas son impagables para aquellos que deben optar entre el comer y dar de comer a su prole, obligados a buscar empleo, un bien cada vez más escaso. Y que las cárceles están atiboradas de procesados y condenados pertenecientes a esa clase compelida a la opción.
Al pueblo llano, la legislación de ese tipo, le resbala, no lo educa.
El intervencionismo del poder público en la vida y propiedades de los habitantes y sus asociaciones, cuando se ejerce por sobre la división de los poderes, implica una afrenta a libertad existencial alcanzable viviendo en una comunidad digna.El exceso de un poder, se lleva a cabo, por la resignación de los otros.
Nuestra recuperación, pese al caos en que vivimos, comienza por la humildad de respetar al otro, en lo individual y lo político institucional. Cada uno a lo suyo. Resulta esperanzador recordar que a la pandemia medioeval siguió el renacimiento.



Elevación de dictámenes de las Secciones del IDEL Derecho del Trabajo y la Seguridad Social y Derecho Penal

La Mesa Directiva de FACA elevó a los Colegios de Abogados que la integran, para su consideración, los dictàmenes de la Secciones de Derecho de Trabajo y de la Seguridad Social y Derecho Penal. Leer más...

Reunióm conjunta de las  Comisiones de DDHH, Defensa de la defensa, Política criminal y cuestiones penitenciarias, 28 de Mayo de 2020

Continuando con la temática desarrollada en la reunión virtual que; mediante la utilización de la plataforma ZOOM, contratada por la Mesa de la Federación para su utilización por las comisiones asesoras, se realizó el 13 del corriente mes, se reunieron virtualmente, las Comisiones de Derechos Humanos, Defensa de la Defensa y Política criminal y cuestiones penitenciarias el pasado 28 de mayo.
Participaron delegados y delegadas de distintos Colegios federados y el señor Vicepresidente 2° de FACA, José Alejandro Sánchez. Leer más...

Reunión de la Comisión de mediación de la Federación Argentina de Colegios de Abogados

El día 29 de mayo  a las 16 se llevó a cabo una reunión a través de la plataforma zoom de la Federación Argentina de Colegios de Abogados con profesionales de destacada trayectoria en la mediación a nivel nacional. Se intercambiaron experiencias de las distintas provincias con el objeto de interiorizar sobre la situación de la mediación prejudicial obligatoria y la mediación voluntaria en el contexto del aislamiento social preventivo y obligatorio que se lleva a cabo en todo el país.
Se conversó sobre la iniciativa de elaborar un protocolo de actuación nacional relacionado con la mediación desarrollada por entorno virtual. Al efecto se está recopilando información sobre cada una de las experiencias que se desarrollan en el país, como asimismo aquellas regiones o ciudades donde aún no se está trabajando. Leer más...



Opiniones de lectores

Se convoca a los lectores para aportar opiniones y materiales de información publicables en esta revista. Se invita al ejercicio de la crítica constructiva, sobre estos temas ya abordados:







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Sitios de interes.








Dictamen de la Sección Derecho Constitucional
Sobre la protección de datos personales en el contexto de la pandemia

I. Introducción
El Estado argentino, al igual que otros Estados extranjeros, adoptó diversas medidas que involucran la recolección, el tratamiento y el almacenamiento de datos personales a fin de prevenir, controlar y mitigar los efectos de la pandemia. En la actualidad, el Estado dispone herramientas tecnológicas que son eficientes para prevenir los contagios de covid-19, detectar casos sospechosos, brindar asistencia médica, coordinar la atención médica entre las distintas instituciones, controlar el cumplimiento del aislamiento, entre otros propósitos públicos importantes.
Sin embargo, el uso de los datos personales puede avasallar los derechos constitucionales a la privacidad y a la autodeterminación informativa. Esos derechos otorgan al individuo el derecho de decidir, en forma libre e informada, “qué” información comparten con el Estado y con otros individuos, “para qué”, “cuándo” y “cómo”. Esos derechos son un valladar para que el Estado no abuse del tratamiento de datos personales, menos aún, los que involucran cuestiones de salud y de geolocalización, en el contexto de pandemia y en la posteridad.  
La Sección de Derecho Constitucional del Instituto de Estudios Legislativos analiza si el tratamiento de datos personales realizado por el Estado argentino es congruente con la protección constitucional de esos derechos. En especial, el análisis se centra en el tratamiento de datos a través de la aplicación Cuidar y de los certificados de circulación. En ese marco, dictamina: leer más...

El despido en los tiempos del coronavirus
Análisis del régimen de estabilidad absoluta regulado en el decreto 329/2020
Por Juan I. Orsini.

El autor, miembro de la Sección de Derecho del trabajo y de la Seguridad Social y titular de la Cátedra de Derecho Social I de la Facultad de Ciencias Jurìdicas de la Univiersidad Ncional de La Plata, trata sobre la prohibición de despidos y suspensiones del DNU 329/2020 afirmando que establece la estabilidad absoluta en el cargo durante el período de sesenta días, con derecho a la reinstalación en el puesto de trabajo.
I - INTRODUCCIÓN Leer más...
Fuente: Doctrina laboral. Errepar.

Pandemias, trabajo y fuerza mayor
Por Ricardo J. Cornaglia.

Sumario: 1 “Historia sin deseo, sin pasión, sin tensión, sin acontecimiento auténtico, en la que el problema ya no es cambiar la vida, que era la utopía máxima, sino sobrevivir, que es la utopía mínima”. (Jean Baudrillard, “El crimen perfecto”).
INTRODUCCIÓN.- Provoca este trabajo, las contradicciones del sistema legal vigente de cobertura de los daños sufridos por las enfermedades ocasionadas en el cumplimiento de las prestaciones del contrato y la relación de trabajo. Obliga a tener que revisar ese remanido tema del derecho del trabajo, el tratamiento que se la dado por el decreto de necesidad y urgencia 367/2020, (B.O. 14 de abril del 2020), a los infortunios sucedidos, cuando el trabajador sufre incapacidad total, parcial o muerte, por haber contraído la enfermedad COVID-19 producida por el coronavirus SARS-Cov-2. Leer más...

Primer Diálogo de Cortes Regionales de Derechos Humanos

En fecha reciente la CorteIDH, dio a conocer los documentos del 1er Diálogo de Corte Regionales de Derechos Humanos.
El 40 Aniversario de la entrada en vigor de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de creación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos 1., fue el motivo elegido para que los presidentes, juezas y jueces de la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y especialistas internacionales de reconocida trayectoria, debatieran sobre avances y retrocesos del derecho internacional de los derechos humanos y de los ordenamientos jurídicos nacionales. Así como sobre los actuales ataques a los derechos humanos y a los mecanismos internacionales de protección.
El encuentro propuso como objetivos: a) compartir los principales avances normativos, institucionales y jurisprudenciales de los tres Tribunales, b) debatir sobre los desafíos y retos más importantes que enfrentan, c) definir líneas de acción conjunta, fortaleciendo las acciones de cooperación y diálogo.
Se trabajó en tres sesiones: la primera, trató sobre el tránsito de la interpretación de normas al cambio social; la segunda, acerca de las cuestiones relativas a la autoridad y legitimidad de las Cortes regionales y la tercera sobre cuestiones de cooperación entre los tres Tribunales.
En la primera sesión: De la interpretación de normas al cambio social. Los tratados de derechos humanos como instrumentos vivos a la luz de la realidad, Armin von Bogdandy 2., sobre: El mandato del Sistema Interamericano. Constitucionalismo transformador por un derecho común de derechos humanos.
El jurista destacó el rol del constitucionalismo transformador, que propone interpretar las normas de manera que estas tengan un efecto sobre la realidad y generen un cambio social. Específicamente en América Latina, donde éste constitucionalismo busca incorporar los derechos humanos en los procesos sociales que provocan los problemas estructurales. Específicamente refirió a la violencia, la exclusión social y la debilidad institucional -por ejemplo, la falta de independencia judicial-. Leer más...

La colonización de América acabó con el 10% de la población mundial y provocó un enfriamiento global
Por Alexander Koch, PhD candidate in Physical Geography, UCL; Chris Brierley, Associate Professor of Geography, UCL;  Mark Maslin, Professor of Earth System Science, UCL; Simon Lewis, Professor of Global Change Science at University of Leeds and, UCL
February 6, 2019 4.09pm EST.

Cuando en Europa aún estaba comenzando el Renacimiento, América ya albergaba imperios con más de 60 millones de habitantes. En 1492 cambió el rumbo de la historia: las primeras expediciones desde Europa exportaron al continente americano enfermedades que arrasaron con la población nativa y debilitaron la agricultura de tal manera que, incluso, enfriaron el clima planetario
Los investigadores llevan décadas tratando de averiguar el número aproximado de personas que vivían en el norte, el centro y el sur de América cuando llegó Colón. A diferencia de Europa y China, no se conservan registros anteriores a 1492 sobre el tamaño de las sociedades indígenas.
Para reconstruir las cifras, los expertos se apoyan principalmente en los testimonios de los primeros viajeros europeos y en las encomiendas, los tributos que los nativos americanos debían pagar a los colonizadores tras establecer estos su gobierno. Sin embargo, este sistema de impuestos fue decretado después de que las epidemias europeas asolaran las Américas, por lo que no nos ofrece datos reales sobre la extensión de las poblaciones precolombinas.
La costa caribeña en la que Colón tocó tierra en 1492. Authentic Travel/Shutterstock
Es muy probable que los primeros colonos europeos engordaran las cuentas sobre el tamaño de la población y de los asentamientos para conseguir más inversiones por parte de sus patrocinadores. Rechazado el relato de los conquistadores, a principios del pasado siglo se publicó una estimación extremadamente baja de la población nativa tras la merma producida por las enfermedades importadas. Leer más...

Protocolo de actuación judicial en la Provincia de Buenos Aires

Expte. 5/20 Sec. Planif.
VISTO: Las medidas adoptadas por los Poderes Ejecutivos Nacional y Provincial en el marco de la crisis sanitaria en curso (DNU N° 459/20 y 520/20; y Decreto provincial N° 498/20); la necesidad de instrumentar acciones que permitan la paulatina normalización del servicio de justicia; y, los condicionamientos impuestos a tal fin en materia de seguridad e higiene para el desarrollo y generalización de actividades; y,
CONSIDERANDO: Leer más...

Emergencia pública en materia ocupacional
Decreto 528/2020
DECNU-2020-528-APN-PTE - Decreto N° 34/2019. Amplíase plazo.
 
Ciudad de Buenos Aires, 09/06/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-36685431-APN-DGDMT#MPYT, la Ley N° 27.541, los Decretos Nros. 34 del 13 de diciembre de 2019, N° 260 del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio, 297 del 19 de marzo de 2020, 325 del 31 de marzo de 2020, 355 del 11 de abril de 2020, 408 del 26 de abril de 2020, 459 del 10 de mayo de 2020, 493 del 24 de mayo de 2020 y 520 del 7 de junio de 2020, y considerando: Leer más....

Emergencia pública
Decreto 529/2020
DECNU-2020-529-APN-PTE - Disposiciones.

Ciudad de Buenos Aires, 09/06/2020
Visto el Expediente N° EX-2020-35449257-APN-DGDMT#MPYT, la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 27.541, los Decretos Nros. 260 del 12 de marzo de 2020, 297 del 19 de marzo de 2020, 329 del 31 de marzo de 2020, su respectiva normativa modificatoria y complementaria, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.541 se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.
Que la crisis económica en que se encontraba el país se vio agravada por el brote del nuevo Coronavirus, el que diera lugar a la declaración de pandemia por COVID -19, por parte de la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS). Leer más...

Distanciamiento social, preventivo y obligatorio
Decreto 520/2020 DECNU-2020-520-APN-PTE
Aislamiento social, preventivo y obligatorio. Prórroga. Ciudad de Buenos Aires, 07/06/2020 VISTO el Expediente N° EX-2020-27946119-APN-DSGA#SLYT, la Ley Nº 27.541, los Decretos Nros. 260 del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio, 287 del 17 de marzo de 2020, 297 del 19 de marzo de 2020, 325 del 31 de marzo de 2020, 355 del 11 de abril de 2020, 408 del 26 de abril de 2020, 459 del 10 de mayo de 2020, 493 del 24 de mayo de 2020 y sus normas complementarias, y Leer más...

Fallo en la causa "Vicentín S.A.I.C s/ concurso preventivo.

Reconquista, 19 de junio del 2020.



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