El gobierno ha instalado en la agenda política del país, el tema de la “reforma laboral”. Seguramente avanzará decididamente con su proyecto si sale fortalecido de las próximas elecciones. En realidad no es “su” proyecto, sino el de los grandes grupos económicos y de los organismos financieros internacionales. Por ello quiero hacer algunas reflexiones:
1º) Que estamos de acuerdo en la necesidad de producir una profunda reforma laboral en nuestro país, pero para alcanzar los siguientes objetivos:
a) Brindar estabilidad laboral efectiva a los trabajadores, cumpliéndose el imperativo constitucional de proteger a los trabajadores contra el despido arbitrario (C.N., art. 14 bis);
b) Bajar a la realidad el derecho de los trabajadores a la participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección, como manda la citada norma constitucional;
c) Establecer un sistema de información y consulta, en todos los temas relativos a la vida de las empresas, que puedan afectar a los trabajadores;
d) Generar políticas económicas y mecanismos que permitan que la remuneración del trabajador le asegure “alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte, esparcimiento, goce efectivo de vacaciones y previsión”, como ordena el art. 116 de la Ley de Contrato de Trabajo;
e) Hacer realidad la “jornada limitada de labor”, como lo determina el art. 14 bis de la Constitución Nacional, prohibiéndose que el tiempo libre y el descanso del trabajador puedan quedar condicionados a las exigencias de la producción o del mercado;
f) Garantizar a los trabajadores el cobro de los créditos laborales, estableciéndose la responsabilidad solidaria de todos aquellos que en la cadena productiva se aprovechan o benefician del trabajo asalariado, creándose además Fondos que cubran la insolvencia patronal;
g) Reconocer el derecho de los trabajadores a una efectiva protección de su salud y de su vida, frente a los riesgos del trabajo, criminalizándose los comportamientos culposos o dolosos de los empleadores que las afecten o pongan en peligro;
h) Cumplir con el mandato constitucional de que la Seguridad Social debe ser otorgada por el Estado, prohibiéndose la intermediación de gestores privados (C.N., art. 14 bis);
i) Eliminar y castigar toda forma de discriminación en el mundo laboral, mejorando la legislación actualmente vigente;
j) Reconocer el derecho a la intimidad del trabajador en el lugar de trabajo, prohibiéndose todo sistema abusivo de control, como la videovigilancia patronal;
k) Eliminar todas las restricciones al ejercicio del derecho constitucional de huelga, estableciéndose expresamente la imposibilidad de su declaración de ilegalidad por parte de la autoridad administrativa;
l) Fomentar la negociación colectiva, nulificandose cualquier intento de la Administración de condicionarla o subordinarla a la política económica del gobierno;
m) Hacer realidad el derecho constitucional de los trabajadores a la organización sindical libre y democrática.
2º) Que, por el contrario, rechazamos la reforma laboral que proyecta el gobierno, ya que responde a un modelo neoliberal que busca la precarización y la flexibilización laboral como único camino para mejorar la productividad y la renta del capital. Es un modelo con una concepción claramente economicista y materialista del mundo laboral, que desaloja del centro del escenario a la persona que vive de su trabajo.
En ese modelo de relaciones laborales hay una evidente pretensión de cosificar al trabajador, el que es considerado como un factor de la producción y un objeto del mercado de trabajo. Un ejecutor silencioso de órdenes que vienen de arriba, sumiso y sin voluntad propia. Un simple engranaje, fácilmente sustituible, ya que tiene una inserción precaria en la empresa.
La flexibilidad laboral proyectada ataca fundamentalmente la estabilidad en el empleo, que es la condición sine qua non para el ejercicio de los demás derechos. Sin estabilidad laboral no puede existir proyecto de vida, que es la posibilidad del trabajador de pensar en el futuro a partir de un piso firme, en un marco en el que la satisfacción de necesidades aún no cumplidas se referencie con un mañana sentido como esperanza. Sin estabilidad laboral el futuro siempre es incertidumbre y angustia para el trabajador.
La reforma laboral que el gobierno tiene en carpeta, según ha trascendido, apunta a optimizar el rendimiento del factor trabajo, aumentando la jornada laboral, flexibilizando los métodos de cómputo del tiempo trabajado, eliminando o reduciendo descansos y licencias convencionales, incentivando el trabajo por equipos o en turnos rotativos, y la llamada “polivalencia funcional”, que dinamita la categorización laboral de los convenios colectivos y facilita la diagramación autoritaria del trabajo. La movilidad funcional y geográfica del trabajador es una pieza clave en este proyecto. En ella la jornada de trabajo estará subordinada a las necesidades de la producción y a las exigencias del mercado. Por lo tanto, la vida familiar y social del trabajador, y su descanso, estarán condicionados por los requerimientos patronales.
La excusa para este avance contra los derechos y conquistas de la clase trabajadora argentina, será la necesidad de eliminar o reducir el trabajo informal o “en negro”, y de crear nuevos puestos de trabajo, lo que no se puede lograr, según el discurso oficial, por las actuales “rigideces” de nuestro derecho laboral y los “anacronismos” de los convenios colectivos vigentes.
El relato no es novedoso y ya lo escuchamos en la década del ´90 del siglo pasado. Lo novedoso es que el poder económico ya no impulsa una reformulación normativa autoritaria, como la de la dictadura militar, sino que pretende cambiar el “garantismo legal” (la ley como piso inderogable) por “garantismo colectivo” (el convenio colectivo habilitado a perforar ese piso). Es decir, derivar a la negociación colectiva temas que actualmente son materia de regulación legal exclusiva.
El gobierno dirá, en un discurso seductor, que deja a la autonomía de la voluntad de los actores sociales, la regulación de las relaciones laborales. En la práctica esto sólo producirá desregulación y flexibilidad, ya que, al estilo del mejor depredador, aquel olfatea la debilidad del sector sindical y la desigualdad en la correlación de fuerzas.
En el mismo sentido se pretenderá bajar el nivel de la negociación colectiva, llevándolo del de industria o rama de industria al de empresa o establecimiento, haciendo prevalecer el convenio de nivel inferior en caso de colisión normativa. Nadie ignora que a medida que baja el nivel de negociación, aumenta el poder empresario y, en forma inversamente proporcional, disminuye la capacidad negociadora del sindicato.
No obstante, confiamos en la capacidad de lucha y de resistencia de los trabajadores argentinos, que no permitirán que se los despoje de los derechos que con tanto esfuerzo y sacrificio han conquistado. Nosotros acompañaremos su lucha, como siempre lo hemos hecho.