Pronunciamientos respecto de la resolución 760/2017 de la Superintendencia de riesgos de trabajo
COLEGIO DE ABOGADOS DE SALTA.
Salta 3 de Agosto de 2017
La Resolución 760/2017 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, y su Anexo I, publicados en el Boletín Oficial el 3 de Agosto de 2017, obliga a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.), Empleadores Autoasegurados (E.A.) y las A.R.T. MUTUAL a elevarle un informe detallado respecto del nombre de los trabajadores y nombre y CUIT de los abogados que intervengan en planteos judiciales solicitando la inconstitucionalidad del sistema de riesgos de trabajo recientemente modificado por la Ley 27.348;
El injustificable argumento que pretende sostener tal obligación, es el de contar con una COLEGIO DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE SALTA
herramienta informática que le permita al organismo tomar conocimiento y analizar esas presentaciones, en resguardo y fortalecimiento del referido sistema.
No se explica ni menos se comprende cuál es la utilidad del nombre del letrado a tal fin.
Los abogados somos garantes del acceso efectivo a la jurisdicción idónea, imparcial e independiente. Esa garantía de ningún modo puede ser afectada mediante la creación de un registro donde se publiquen los datos de los abogados que defienden los derechos de trabajadores, al solo fin de intentar desalentar y desacreditar su trabajo, lo que implica lisa y llanamente una persecución inaceptable en un Estado Democrático, ya que limita, obstaculiza, y ataca el derecho en el ejercicio profesional, además de su dignidad y privacidad .
La Carta de la Defensa de la Unión Internacional de Abogados en concordancia con el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, tiene dicho que el abogado en el ejercicio de su profesión goza de inmunidad civil y penal por las declaraciones realizadas en sus escritos o presentación orales en ejercicio de su profesión.
Los abogados no podemos ser víctimas de persecuciones y restricciones o injerencias indebidas del Estado, ya que la tutela judicial efectiva debe serla sin restricciones ni discriminaciones de ninguna índole.
RECLAMAMOS inmunidad ante la creación de estas verdaderas listas negras, reminiscencias de dolorosos hechos pasados que parecían superados,
EXIGIMOS que de manera inmediata las autoridades nacionales eliminen cualquier dato identifictorio de los letrados.
RECORDEMOS que las conquistas de derechos laborales se han obtenido aún ante mayores adversidades, en las cuáles se redoblan los esfuerzos y renace en plenitud nuestra vocación.