Argentina cuenta con un marco legal robusto para proteger a víctimas de violencia doméstica y de género, con dos leyes fundamentales trabajando de forma complementaria:
Ley 24.417 (Ley de Protección contra la Violencia Familiar)
Sancionada en 1994, protege a toda persona que sufra lesiones o maltrato físico o psíquico de integrantes de su grupo familiar. Define “grupo familiar” como el originado en matrimonio o uniones de hecho.
Ley 26.485 (Ley de Protección Integral a las Mujeres)
Sancionada en 2009, es la ley más comprehensiva. Protege específicamente a mujeres y personas LGBTIQ+ contra violencia de género en todos los ámbitos donde desarrollen relaciones interpersonales (doméstico, laboral, educativo, comunitario).
Establece el derecho fundamental: “El derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia”.
Tipos de Violencia Reconocidos Legalmente
La Ley 26.485 reconoce y protege contra múltiples formas de violencia:
Violencia Física
Toda acción que cause daño corporal: golpes, empujones, quemaduras, heridas. Cualquier lesión que afecte tu integridad física.
Violencia Psicológica
Toda conducta, acción u omisión que cause daño emocional. Incluye: vigilancia constante, exigencia de obediencia, coerción verbal, persecución, insultos, indiferencia, abandono, celos excesivos, chantaje, ridiculización, explotación y limitación del derecho de circulación.
Violencia Sexual
Cualquier acción que vulnere el derecho de decidir voluntariamente sobre vida sexual o reproductiva mediante amenazas, coerción, uso de fuerza o intimidación, incluyendo violación dentro del matrimonio.
Violencia Económica y Patrimonial
Control o limitación de recursos económicos destinados a satisfacer necesidades básicas. Incluye:
- Perturbación, sustracción o destrucción de bienes personales
- Pérdida o retención indebida de documentos personales
- Privación de medios indispensables para vivir dignamente
- Limitación o control de ingresos
- Obligación de firmar documentos que afecten patrimonio
- Extracción de dinero de cuentas bancarias sin consentimiento
- Solicitud de créditos a nombre de la víctima
- Retención del salario o pago de remuneración menor por igual tarea
Violencia Laboral
Actos que quebrantan el derecho a igual remuneración por igual tarea. Incluye hostigamiento psicológico sistemático para conseguir exclusión laboral.
Violencia contra la Libertad Reproductiva
Obstaculización del derecho de decidir sobre reproducción, números de embarazos y cuándo tenerlos.
Violencia Indirecta
Toda conducta, acción u omisión discriminatoria que pone a la mujer en desventaja respecto al varón.
Derechos Protegidos de la Víctima
Tienes derechos fundamentales garantizados por ley:
- Una vida sin violencia y sin discriminaciones
- Salud, educación y seguridad personal
- Integridad física, psicológica, sexual, económica y patrimonial
- Dignidad y respeto
- Autodeterminación: decidir sobre vida reproductiva
- Intimidad, libertad de creencias y pensamiento
- Recibir información y asesoramiento adecuado
- Medidas integrales de asistencia, protección y seguridad
- Acceso gratuito a la justicia
- Igualdad real de derechos y oportunidades
Paso 1: Líneas de Atención Telefónica (Primero y Más Accesible)
Si estás en peligro o necesitas orientación inicial, comunícate inmediatamente. Estos servicios son gratuitos, confidenciales y disponibles 24/7:
Línea 144 (Violencia de Género)
- Teléfono: 144 (aunque presenta desafíos de funcionamiento en 2024-2025, sigue siendo operativa para asesoramiento)
- Horario: 24 horas, 365 días del año
- Servicios: Atención psicológica, asesoramiento legal, contención
- Nuevas modalidades: WhatsApp al 1127716463, correo electrónico
- Quiénes pueden llamar: Víctimas, amigos/as, vecinos/as, cualquier persona con información sobre una situación de violencia
Línea 137 (Violencia Familiar y Sexual)
- Teléfono: 137
- WhatsApp: 11-3133-1000
- Correo: [email protected]
- Horario: 24/7
- Características especiales: En CABA, Chaco y Misiones, pueden enviar Equipo Móvil acompañado por policía a tu domicilio si hay emergencia
Línea 911 (Emergencia)
Para situaciones de riesgo inmediato de violencia física.
Centro Judicial de la Mujer (CABA)
- Dirección: Av. Don Pedro de Mendoza 2689, CABA
- Teléfono: 0800-999-MUJER (68537)
- Correo: [email protected]
- Para: Violencia sin vínculo familiar/afectivo
Paso 2: Presentar Denuncia Formal
Dónde puedes denunciar:
Tienes múltiples opciones de presentación de denuncia:
- Presencialmente en Fiscalías de violencia familiar o de género
- Comisaría de la Mujer (existen en todas las jurisdicciones)
- Fiscalía de turno en caso de urgencia
- App Mi Seguridad (disponible en jurisdicciones que la implementan)
- Oficina de Violencia Doméstica (OVD) si tienes antecedentes de denuncias
Requisitos para tu denuncia:
La denuncia no requiere formalidades extremas. Puedes hacerla:
- Verbalmente o por escrito
- Con o sin abogado (aunque se recomienda tener asesoramiento)
- Sin necesidad de ser mayor de edad (menores pueden denunciar también con representación)
Lo que debes incluir en tu denuncia:
- Descripción clara de los hechos violentos (qué pasó, cuándo, dónde, con qué frecuencia)
- Identificación del agresor (nombre, domicilio, datos de contacto si los tienes)
- Lesiones o daños sufridos (describe específicamente)
- Testigos que puedan corroborar (vecinos, familiares, amigos)
- Amenazas específicas recibidas
- Cualquier antecedente de violencia
- Documentación de apoyo (fotos de lesiones, mensajes amenazantes, partes médicos, informes policiales previos)
Importante: Los servicios de denuncias deben recibir tu denuncia sin negarse. Si te la rechazan, es violación de derecho. Puedes denunciar a la institución misma por esto.
Paso 3: Medidas de Protección Urgentes
Una vez presentas denuncia o contactas línea de atención, puedes solicitar medidas preventivas urgentes. Estas son órdenes judiciales que se emiten para protegerte inmediatamente:
Medidas Generales (Ley 26.485):
- Prohibición de acercamiento: El agresor no puede acercarse a distancia determinada de tu residencia, trabajo, estudio, lugares de esparcimiento o habitual concurrencia
- Prohibición de contacto: Se prohíbe todo contacto directo o indirecto (teléfono, mensajes de texto, correos, redes sociales)
- Cese de actos de perturbación: Detener cualquier acto de intimidación, amenaza o perturbación
- Restitución de efectos personales: Si el agresor te ha privado de dinero, documentos u objetos personales, se pueden ordenar devueltos inmediatamente
- Prohibición de portar armas: Se prohíbe al agresor comprar y tener armas. Se pueden secuestrar las que posea
- Asistencia médica/psicológica: Se puede ordenar que recibas atención gratuita
- Medidas de seguridad en domicilio: Pueden incluir protección policial, cambio de cerraduras, sistemas de alarma
Medidas Específicas para Violencia Doméstica:
- Exclusión del hogar: El agresor es obligado a salir de la vivienda común, independientemente de quién sea el propietario legal. Es una protección crítica que reconoce tu derecho a habitar tu hogar sin amenaza
- Reintegro al domicilio: Si tuviste que huir, se ordena tu reintegro con exclusión previa del agresor
- Acompañamiento policial: La policía te acompaña para retirar tus efectos personales de forma segura
- Prohibición de enajenar bienes: Se prohíbe al agresor vender, trasladar o destruir bienes compartidos
Si hay menores de edad:
- Custodia provisoria: Se pueden otorgar derechos sobre cuidado de hijos
- Régimen de visitas: Se pueden suspender, restringir o supervisar las visitas del agresor
- Protección de menores: Los hijos también son incluidos en órdenes de restricción si están en riesgo
¿Cuán rápido se otorgan?
Estas medidas son urgentes. Un juez puede emitirlas inmediatamente sin esperar a que se celebre juicio formal. En casos de peligro inminente, se pueden otorgar mismo día de la denuncia o en máximo 48-72 horas.
Paso 4: La Orden de Restricción Perimetral (Perimetral)
Una de las medidas más importantes es la orden de restricción perimetral, comúnmente llamada “perimetral”:
¿Qué es?
Es una orden judicial que establece un perímetro de seguridad alrededor de ti. El agresor no puede acercarse más allá de cierta distancia (generalmente 300-500 metros).
Qué prohíbe exactamente:
- Acercamiento a tu domicilio
- Acercamiento a tu lugar de trabajo
- Acercamiento a tu escuela/institución educativa (si estudiás)
- Acercamiento a lugares que frecuentes habitualmente
- Todo tipo de contacto directo o indirecto
Incumplimiento:
Si el agresor viola la perimetral, es delito penal. Puede resultar en prisión de 6 meses a 1 año. Es decir, no es solo una advertencia, es una orden respaldada por sanciones penales.
Paso 5: Protección de Menores y Custodia
Si tienes hijos menores en el hogar donde hay violencia, eres un consideración crítica:
Custodia en Contexto de Violencia Doméstica
- El antecedente de violencia doméstica afecta significativamente los arreglos de custodia
- El juez priorizará siempre el interés superior del niño/a
- Testimonianza o constatación de violencia entre padres puede resultar en:
- Pérdida de custodia del agresor
- Visitas supervisadas (en presencia de tercero)
- Visitas restringidas (solo horarios diurnos, sin pernoctas)
- Prohibición de estar solo con menores
Responsabilidad Parental en Casos de Violencia
- Normalmente ambos progenitores ejercen responsabilidad parental conjunta
- En contextos de violencia documentada, la responsabilidad puede asignarse a ti en forma exclusiva
- El juez escuchará al niño/a y considerará su opinión en decisiones sobre custodia
Protección de Menores en Órdenes de Alejamiento
- Los menores pueden ser incluidos explícitamente en la orden de restricción
- Se prohíbe al agresor acercarse a la escuela de los hijos
- Se pueden ordenar intercambios de menores en lugares protegidos (ej.: comisaría)
Paso 6: Violencia Económica y Patrimonial – Cómo Protegerte
La violencia económica a menudo es la más difícil de probar, pero es reconocida legalmente:
Conductas que Constituyen Violencia Económica:
- Impedir acceso a dinero o recursos
- Obligarte a entregar tu salario
- Destruir documentos importantes
- Contraer deudas a tu nombre sin consentimiento
- Vender tus bienes sin permiso
- Impedir que tengas empleo remunerado
- Administrar unilateralmente tu dinero
- Ocultamiento de bienes durante separación
Cómo Probar Violencia Económica:
- Registros bancarios (extractos, transferencias)
- Documentos de bienes (títulos de propiedad, facturas)
- Testigos (familia, amigos, trabajadores sociales que visiten tu hogar)
- Comunicaciones escritas (mensajes, correos donde admite control económico)
- Informes de trabajadores sociales
- Antecedentes de discriminación salarial (si trabajan juntos)
Medidas de Protección Disponibles:
- Orden de no enajenar bienes (impide vender, trasladar, hipotecar)
- Derecho a ingresos personales durante el proceso
- Recuperación de bienes robados o sustraídos
- En liquidación de bienes posteriores, se considera el contexto de violencia
Paso 7: Acceso a Justicia – Proceso Penal vs. Civil
Importante: En Argentina hay dos vías simultáneas:
Vía Civil (Ley 24.417 y 26.485)
- Busca medidas de protección urgentes (órdenes de alejamiento, custodia provisoria)
- No requiere prueba de “delito” en sentido penal
- Más rápida
- Se tramita en Juzgados de Familia
- Se puede obtener medidas en horas o días
Vía Penal
- Busca sancionar al agresor penalmente (cárcel)
- Requiere demostración de delito específico (lesiones, amenazas, coerción, etc.)
- Más lenta (meses o años)
- Se tramita en Juzgados Penales
- Denuncia ante Fiscalía
Puedes accionar AMBAS vías simultáneamente. La vía civil te protege ahora; la penal responsabiliza al agresor después.
Paso 8: Acciones Penales y Sanciones para el Agresor
Si la denuncia escala a proceso penal, las penas para el agresor son significativas:
Para Delitos “Leves” (violencia psicológica, lesiones leves):
- Prisión de 6 meses a 2 años
- Antecedentes penales permanentes
- Inscripción en Registro Central de Maltratadores
Para Delitos Más Graves (violencia física severa, abuso sexual):
- Prisión de más de 10 años
- Condiciones más restrictivas post-liberación
Además de la prisión:
- Antecedentes penales que afectan empleo futuro
- Inscripción en Registro de Maltratadores (acceso público en algunos casos)
- Prohibición de estar cerca de ti: Incluso después de liberado, la perimetral puede mantenerse años
- Costos de defensa: Él paga sus gastos legales
- Inhabilitación: Para ciertos trabajos (seguridad, educación, etc.)
Incumplimiento de Medidas:
- Si viola la perimetral: 6 meses a 1 año de cárcel
- Revocación de libertad condicional si la tiene
Recursos de Apoyo y Contención
Oficina de Violencia Doméstica (OVD)
- Depende de Corte Suprema de Justicia de CABA
- Dirección: Bartolomé Mitre 751, CABA
- Teléfono: Consulta en www.ovd.gov.ar
- Servicios: Asesoramiento legal, seguimiento de denuncias, derivación a recursos
Consejo Nacional de las Mujeres
- Organismo descentralizado de aplicación de Ley 26.485
- Coordina políticas públicas, hogares refugio, espacios de contención
- Busca en argentina.gob.ar/géneros
Centros de Día y Hogares Refugio
- Espacios seguros para hospedaje temporal
- Atención psicosocial integral
- Talleres de empoderamiento
- Asistencia legal gratuita
- Ubicación: Disponibles en todas las provincias (consulta con Ministerio de Género provincial)
Programa Acompañar
- Asistencia económica temporal para víctimas
- Ayuda para transporte, alojamiento, alimentación mientras reorganizas vida
- Se solicita a organismos provinciales
Recomendaciones Críticas para tu Protección
Seguridad Inmediata:
- Si corres peligro de muerte o lesión grave, llama al 911
- Ten un “plan de escape” listo: mochila preparada, documentos a mano, dinero escondido, teléfono cargado
- Dile a alguien de confianza (vecino, familiar, amiga) lo que está ocurriendo para que puedan intervenir
- Memoriza el número 144 o ten guardado en tu teléfono
Documentación:
- Toma fotos de lesiones (con fecha y hora en la foto si es posible)
- Guarda mensajes, llamadas amenazantes (con fechas)
- Conserva comprobantes de gasto si hay control económico
- Ten copia de documentos importantes (DNI, títulos de propiedad, escrituras, antecedentes médicos)
No Esperes:
- La violencia tiende a escalar, no a disminuir
- Contacta línea 144 incluso si “solo” es violencia psicológica
- Muchas víctimas denuncian después de años; tu momento es ahora
Busca Apoyo Profesional:
- No te avergüences. No es tu culpa. La violencia es decisión del agresor, no tuya
- Psicólogos especializados entienden la dinámica de violencia
- Grupos de apoyo con otras víctimas son extremadamente valiosos
Protege tu Privacidad:
- Si vives con el agresor, usa navegación privada en internet
- Ten teléfono secreto (prepago barato) si es necesario
- Utiliza contraseñas seguras e inalcanzables para él
- Varía rutinas para que no sepa dónde estás
Conoce tus Derechos:
- Tienes derecho a acceso GRATUITO a justicia
- Tienes derecho a patrocinio legal gratuito si no tienes recursos
- Tienes derecho a medidas de protección inmediatas
- No necesitas completar trámites administrativos previos para acceder a protección
Contexto Actual en Argentina
La violencia de género es extremadamente prevalente en Argentina:
- Entre enero-junio 2023, se recibieron 55 llamadas diarias (promedio 2 por hora) a la línea 144
- El 96% fueron realizadas por mujeres
- Mitad de las denuncias son por ex parejas; 37% por parejas actuales
- Más de 51 mil mujeres fueron asesinadas a nivel global en 2023 por parejas íntimas o familiares
Este contexto demuestra que no estás sola y que tu situación es reconocida y apoyada legalmente por el Estado.
Tu Derecho a Vivir sin Violencia
La ley argentina reconoce explícitamente tu derecho inalienable a vivir una vida sin violencia. No es un privilegio, es un derecho fundamental.
Cada medida de protección, cada línea de atención, cada organismo existe porque tu vida, tu seguridad y tu dignidad importan. La violencia no es normal, no es inevitable y no es tu responsabilidad sanarla. La responsabilidad es únicamente del agresor.
Si estás viviendo violencia doméstica, tienes poder legal para protegerte a ti misma y a tus hijos. El primer paso es hacer esa llamada o presentar esa denuncia.