Litigios por salud: qué hacer cuando te niegan cobertura médica

En Argentina, cuando una obra social o empresa de medicina prepaga niega cobertura de medicamentos, tratamientos, estudios o internación, existe un derecho fundamental a la salud protegido constitucionalmente que garantiza acceso inmediato a las prestaciones obligatorias del Programa Médico Obligatorio (PMO). La nueva Resolución 951/2025 de la Superintendencia de Servicios de Salud establece que si la entidad de salud no responde en 5 días corridos se presume incumplimiento automático, lo que otorga fuerza legal a tu reclamo. El recurso judicial más rápido y efectivo es el amparo de salud ante fuero Civil y Comercial, que típicamente obtiene medida cautelar (orden de cobertura inmediata) en 10-45 días mientras continúa el juicio. El proceso completo del amparo dura 3-6 meses frente a años de un juicio ordinario. No necesitas abogado para reclamo administrativo inicial ante la obra social o prepaga, pero sí es recomendable para amparo judicial. Las leyes 23.660 y 23.661 protegen afiliados de obras sociales; la Ley 26.682 protege afiliados de prepagas, ambas garantizando cobertura sin discriminación por preexistencias o edad.

Derechos Constitucionales y Tratados Internacionales

El derecho a la salud en Argentina es fundamental:

Artículo 43 de la Constitución Nacional:

  • Reconoce derecho a acción expedita y rápida de amparo
  • Protege contra actos u omisiones arbitrarias que lesionen derechos
  • Aplica contra autoridades públicas y particulares (incluyendo obras sociales y prepagas)

Tratados Internacionales ratificados por Argentina:

  • Declaración Universal de Derechos Humanos (derecho a salud)
  • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
  • Convención Americana sobre Derechos Humanos
  • Todos reconocen salud como derecho humano fundamental

Jurisprudencia de Corte Suprema:

  • Ha reiterado que derecho a salud está directamente ligado a derecho a vida
  • Merece protección reforzada y urgente
  • El tiempo de un juicio ordinario haría “ilusorio” el derecho en casos de salud

Ley de Obras Sociales (Leyes 23.660 y 23.661)

Protege a afiliados de obras sociales (sindicales, no sindicales, profesionales):

  • Cobertura integral y sin discriminación
  • Prohibición de exclusión por edad, género o enfermedades preexistentes
  • Garantía del Programa Médico Obligatorio (PMO)

Ley de Medicina Prepaga (Ley 26.682)

Protege a usuarios de empresas de medicina privada:

  • Prohibición de rechazar afiliación por preexistencias
  • Prohibición de cobros desmedidos o discriminatorios
  • Cobertura obligatoria del Programa Médico Obligatorio (PMO)
  • Garantía de acceso sin demoras arbitrarias

Nuevo Régimen: Resolución 951/2025

La Superintendencia de Servicios de Salud estableció reglas más protectoras:

Cambios clave:

  1. Plazo de respuesta: 5 días corridos
    • Si no responde en 5 días corridos: se presume incumplimiento automático
    • Antes tardaba 40 días; ahora máximo 5 días
    • Ya no vale el silencio como estrategia de dilación
  2. Presunción legal a favor del paciente
    • Falta de respuesta genera “presunción de incumplimiento”
    • Otorga “verosimilitud a los hechos denunciados”
    • Habilita sanciones progresivas contra la entidad
  3. Resolución en máximo 30 días hábiles
    • Todo expediente debe resolverse en plazo máximo de 30 días hábiles
    • Incluye evaluación médica (auditoría), gestiones administrativas, resolución final
  4. Carga de prueba invertida
    • Quien debe demostrar cumplimiento es la empresa, no el paciente
    • Si no tienen pruebas: se consideran en falta
  5. Sanciones por incumplimiento
    • Multas progresivas
    • Agravantes por reincidencia
    • La Superintendencia puede actuar de oficio

Programa Médico Obligatorio (PMO): Qué Debe Cubrirse

Prestaciones Obligatorias

Toda obra social o prepaga DEBE cubrir:

ÁreaCobertura Obligatoria
Atención PrimariaConsultas de medicina general y de urgencia, sin coseguros
Atención SecundariaPor especialidades reconocidas (cardiología, dermatología, etc.)
Internación100% de cobertura sin límite de tiempo (excepto salud mental que sí tiene límite)
Salud MentalConsultas y psicofármacos (cobertura limitada en internación)
RehabilitaciónFisioterapia, terapia ocupacional, fonoaudiología
OdontologíaPrevención, urgencia, tratamientos básicos
Medicamentos40% de cobertura en general; 100% para oncología, insuficiencia renal, fibrosis quística
Embarazo y PartoCobertura 100% desde diagnóstico hasta 1 mes postparto
Recién NacidoCobertura 100% hasta cumplir 1 año
Diálisis/Hemodiálisis100% de cobertura
Estudios de diagnósticoAnálisis, radiografías, tomografías, resonancias (con límites de cantidad)

Excepciones: Qué NO Pueden Negar

Estas prestaciones NO pueden ser negadas bajo ninguna circunstancia:

  • Emergencias médicas
  • Medicamentos oncológicos (cáncer)
  • Medicamentos para insuficiencia renal
  • Medicamentos básicos para fibrosis quística
  • Atención materno-infantil
  • Traslados por ambulancia ante emergencias
  • Estudios urgentes ordenados por médico

Procedimiento Paso a Paso: Desde Rechazo a Amparo

Paso 1: Reclamo Administrativo ante la Obra Social/Prepaga

Cuando te niegan cobertura:

Acción inmediata:

  1. Solicita formulario de reclamo
    • Entidad obligada a proporcionarte “Formulario A” sin costo
    • Si se niegan: nota el incumplimiento y denuncia a Superintendencia
    • Recibir reclamo NO es opcional para la entidad
  2. Redacta reclamo por escrito (dos copias)
    • Identifica el servicio/medicamento que te negaron
    • Adjunta prescripción médica que lo justifique
    • Adjunta historia clínica o diagnóstico médico
    • Explica situación clínica y urgencia si aplica
    • Solicita respuesta por escrito
  3. Presenta reclamo presencialmente
    • En oficina de la entidad de salud
    • Pide que reciban ambas copias selladas
    • Retén una copia con sello y fecha de recepción
    • Si se niegan: envía carta documento y denuncia a Superintendencia
  4. Plazo de respuesta:
    • Máximo 5 días corridos desde notificación (Resolución 951/2025)
    • Si no responden: presunción automática de incumplimiento
    • Puedes avanzar a siguiente etapa

Documentación a adjuntar al reclamo:

  • Formulario de reclamo (2 copias)
  • DNI original y fotocopia
  • Carnet de obra social/prepaga original y fotocopia
  • Prescripción médica legible
  • Historia clínica o informe médico detallado
  • Si es medicamento: prospecto y justificación médica
  • Fotocopia último recibo de haberes (si aportas)
  • Fotocopia CUIT/CUIL
  • Cualquier comunicación anterior de la entidad sobre el reclamo

Paso 2: Si es Negado, Reclamo ante Superintendencia de Servicios de Salud

Si respuesta es negativa o no hay respuesta:

Plazo: Debes presentar dentro de 10 días hábiles después de recibida respuesta negativa (o después de los 5 días si no respondieron)

Tres opciones para presentar:

Opción A: Presencialmente

  • Dirección: Av. Pdte. Roque Sáenz Peña 530, CABA
  • Horario: Laboral estándar
  • Lleva documentación original

Opción B: Online

  • Ingresa a “Trámites a Distancia” en www.argentina.gob.ar
  • Accede con Clave Fiscal AFIP
  • Completa Formulario B
  • Adjunta documentación digitalizada

Opción C: Correo Postal

  • Av. Pdte. Roque Sáenz Peña 530, C1035AAN, CABA
  • Envía carta documento para constancia de entrega

Documentación a adjuntar:

  • Formulario B (descargable desde Superintendencia)
  • DNI copias
  • Carnet de salud copias
  • Copia sellada de reclamo presentado a entidad
  • Respuesta negativa de la entidad (si la hay)
  • Toda documentación médica relevante
  • Comprobantes de pagos/aportes

Respuesta esperada: Superintendencia investiga y notifica decisión, típicamente en 15-30 días

Paso 3: Acción Judicial de Amparo (Si Administrativo Falla)

Si Superintendencia rechaza o demora indebidamente:

Cuándo procede amparo:

  • Negación arbitraria de cobertura PMO
  • Dilaciones indebidas (>5-30 días)
  • Requisitos ilegales impuestos por entidad
  • Demora que pone en riesgo la salud

Requisitos para que sea viable:

  1. Arbitrariedad o ilegalidad manifiesta: Demostrar que negativa no tiene fundamento legal
  2. Lesión real y actual: Probar que negativa causa daño concreto a salud
  3. Urgencia: Demostrar que no puede esperar juicio ordinario (2-5 años)
  4. Inexistencia de otra vía: Haber agotado instancia administrativa

Presentación de demanda de amparo:

  1. Por abogado (obligatorio en juicio)
  2. Ante juzgado Civil y Comercial de tu jurisdicción
  3. Incluir:
    • Tu identificación completa
    • Identificación de obra social/prepaga demandada
    • Relato claro de rechazo y motivo
    • Prueba médica (prescripción, historia clínica, urgencia)
    • Solicitud de medida cautelar (cobertura inmediata)
    • Fundamentación legal (derecho a salud, PMO, etc.)

Medida Cautelar (Urgente):

Una vez presentado amparo:

  • Juez puede ordenar medida cautelar inmediata (en 10-45 días típicamente)
  • Medida cautelar obliga a obra social a cubrir ANTES de finalizar el juicio
  • Típicamente es expedita y tiene efecto suspensivo

Proceso del amparo:

  1. Presentación demanda: Día 0
  2. Medida cautelar solicitada: Junto con demanda
  3. Respuesta de obra social: 10-20 días hábiles
  4. Cautelar dictada: 10-45 días desde demanda
  5. Alegatios/prueba: 30-60 días
  6. Sentencia: 60-120 días (proceso completo: 3-6 meses típicamente)

Costos:

  • Abogado especializado: típicamente toma 20-30% del beneficio obtenido
  • Muchos abogados trabajan por condena en costas (la entidad paga si pierden)
  • Consulta inicial: generalmente gratuita

Caso Real: Ejemplo de Amparo Exitoso

Caso: Negación de Medicamento Oncológico

Hechos reales (2025):

Un paciente con cáncer necesitaba tratamiento en centro oncológico a 800km de su domicilio. Médico indicó cobertura de traslado y alojamiento. Obra social:

  1. Autorizó tratamiento en centro cercano diferente
  2. Negó cobertura de traslado y alojamiento
  3. Argumentó que “requería auditoría médica”
  4. Transcurrieron 40 días sin respuesta clara
  5. Solo notificó autorización alternativa DESPUÉS de iniciado amparo

Acción legal:

  • Se presentó amparo judicial
  • Se adjuntó historia clínica mostrando urgencia (cáncer)
  • Se presentó informe médico comprobando necesidad del centro específico

Resultado:

La Justicia falló a favor del paciente:

  • Ordenó cobertura total del tratamiento en centro indicado
  • Ordenó cobertura de traslado y alojamiento
  • Reconoció conducta “errática” y contradictoria de la obra social
  • Condenó a obra social a pagar costas y honorarios

Lecciones:

  • La dilación (40 días) fue considerada “táctica dilatoria”
  • Documentación médica es crucial
  • Urgencia médica comprobada vence argumentos administrativos
  • Contradicciones de la obra social son sancionadas

Errores Comunes a Evitar

Errores en Procedimiento Administrativo

1. No presentar reclamo formalmente

  • Llamadas telefónicas “informales” no generan plazo
  • Debes usar Formulario A y presentarlo por escrito
  • Retén copia sellada con fecha

2. No respetar plazos administrativos

  • Si demoras en presentar reclamoo ante Superintendencia: pierdes fuerza
  • Dentro de 10 días hábiles es crucial

3. No adjuntar documentación médica suficiente

  • Reclamo sin prescripción médica = débil
  • Historia clínica detallada = fuerte
  • Urgencia médica debe estar clara

4. Aceptar requisitos ilegales de la entidad

  • “Necesitas autorización previa de cardiólogo” (si no lo requiere PMO)
  • “Cobro de copago para medicamento oncológico”
  • Objeta inmediatamente y reclama

Errores en Procedimiento Judicial

5. No demostrar urgencia en amparo

  • El amparo requiere probar que no puede esperar
  • Incluir urgencia médica desde presentación

6. No adjuntar prueba médica suficiente

  • Juez necesita: prescripción, historia clínica, diagnóstico claro
  • Mejor aún: informe de médico forense ordenado de oficio por juez

7. Esperar demasiado para demandar

  • Cuanto más demora: más riesgo para salud
  • Amparo es para situaciones urgentes

8. No contar con abogado especializado

  • Derecho de salud requiere especialización
  • Errores procedimentales = desestimación de amparo

9. Confundir negación de cobertura con cobertura con copago

  • Negación: no cubren nada
  • Copago: cubren parte (40% medicamentos, por ejemplo)
  • Solo reclamas si NIEGAN, no si aplican coseguros permitidos

10. No monitorear cumplimiento de sentencia

  • Una vez ordenado amparo: obra social DEBE cumplir
  • Si no lo hace en plazo: denuncia a Superintendencia
  • Puede resultar en sanciones adicionales

Casos Especiales: Enfermedades Preexistentes

Protección Legal por Preexistencias

Aclaración fundamental:

Las prepagas y obras sociales NO pueden rechazarte ni negar cobertura por preexistencias:

  • Aunque durante la afiliación no revelaste una condición preexistente
  • Aunque cambies de plan con la misma u otra entidad
  • Aunque solicites cambio después de estar enfermo

Excepciones permisibles:

  • Si falsificaste información en solicitud de afiliación (mentiste deliberadamente)
  • Si omitiste información que sabías que era relevante
  • Pero incluso estos casos han sido limitados por jurisprudencia

Caso Real: VIH y Negación de Cobertura

Hechos (Sentencia 2025 – Salta):

  • Persona con VIH “indetectable” se afilió a prepaga
  • Omitió mencionar diagnóstico en formulario
  • Prepaga descubrió al procesar documentación
  • Rescindió contrato argumentando “falsedad en declaración jurada”

Posición de prepaga:

  • Demandante omitió marcar “SÍ” a preguntas sobre enfermedades transmisibles
  • Esto constituía fraude que habilitaba rescisión

Decisión del tribunal:

La Cámara Federal de Apelaciones de Salta falló:

  • Confirmó que persona debe mantener cobertura integral
  • Cobertura debe ser completa según Programa Médico Obligatorio
  • Aunque validó que la prepaga podía rescindir plan de “mayor categoría”
  • Garantizó cobertura básica (PMO) sin discriminación por VIH

Lección: Incluso con omisión comprobada, las cortes defienden cobertura PMO básica

Medicamentos Especiales y Trayectos Complejos

Medicamentos No Incluidos en PMO Estándar

¿Qué pasa si te recetan medicamento NO incluido en PMO?

Opciones:

  1. Solicitar cobertura especial por indicación médica:
    • Médico debe justificar por escrito por qué es necesario
    • Obra social hace auditoría médica (24-48 horas típicamente)
    • Si auditor médico aprueba: se cubre 100%
  2. Reclamo si es rechazado:
    • Sigue procedimiento de reclamo administrativo
    • Puedes iniciar amparo si demora o es arbitrario
  3. Cannabis medicinal (especial):
    • Ley de Reproducción Médicamente Asistida cubre tratamientos de fertilidad
    • Cannabis medicinal: regulado por DINADIC (algunos tienen acceso gratuito del Estado)
    • Si obra social se niega: amparo es efectivo

Denuncias por Demora Injustificada

Auditoria médica tardía:

Con Resolución 951/2025:

  • Auditoría médica DEBE resolverse en máximo 24-48 horas hábiles
  • Si tarda más: se presume demora injustificada
  • Permite reclamar sin esperar resultado

Recomendaciones Prácticas

Si Te Niegan Cobertura Ahora

Inmediatamente (hoy):

  1. Reúne documentación:
    • Prescripción médica original firmada
    • Tu historia clínica
    • Carnet de obra social/prepaga
    • Cualquier comunicación de la negación
  2. Contacta obra social:
    • Solicita Formulario de Reclamo
    • Presenta reclamo POR ESCRITO (no verbal)
    • Pide sello y fecha de recepción

En 5 días:

  1. Vigila respuesta:
    • Si no responden en 5 días: presunción de incumplimiento
    • Prepara presentación en Superintendencia

En 10 días:

  1. Si siguen negando:
    • Presenta reclamo ante Superintendencia de Servicios de Salud
    • Por teléfono, online o presencialmente

En 15 días:

  1. Si sigue sin resolverse:
    • Consulta con abogado especializado en derecho de salud
    • Prepara amparo judicial si es necesario

Cuándo es Urgente Amparo Inmediato

No esperes procedimiento administrativo completo si:

  • Condición es urgente/grave (infarto, cáncer, cirugía de emergencia)
  • Medicamento es esencial para mantener vida
  • Demora pone en peligro la salud
  • Ya pasaron 10+ días sin respuesta

Puedes ir directamente a amparo judicial

Documentación a Guardar Siempre

  • Recibos de aportes (prueba de afiliación)
  • Prescripciones médicas
  • Carnet de salud
  • Cualquier comunicación con obra social
  • Comprobantes de pagos
  • Historia clínica completa

El derecho a la salud en Argentina está fuertemente protegido legalmente. Las entidades de salud no pueden negar arbitrariamente cobertura de prestaciones obligatorias. Con la Resolución 951/2025, los plazos se acortaron drasticamente (5 días máximo) y la presunción se invierte a favor del paciente.

Puntos clave:

  • PMO es cobertura obligatoria que NO pueden negar
  • Resolución 951/2025: 5 días para responder o pierden
  • Reclamo administrativo debe ser presentado formalmente con documentación médica
  • Amparo de salud es el camino judicial más rápido: 3-6 meses total
  • Medida cautelar garantiza cobertura mientras se tramita amparo
  • Jurisprudencia protege incluso casos complejos (preexistencias, VIH, etc.)

No tengas miedo de reclamar. El sistema legal argentino está de tu lado cuando se trata de defender tu derecho a la salud. La mayor parte de las negociaciones se resuelve positivamente cuando actúas rápidamente y presentas documentación mé presentas documentación médica clara.