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Revista La DefensaAño IV | número XLVII | Septiembre | 2020Publicación mensualEn línea los dias 20Publicación del Instituto de Estudios LegislativosFederación Argentina de Colegios de Abogadosinfo@ladefensa.com.arwww.ladefensa.com.ar

Imágen de portada | Cicerón denunciando a Catilina | Óleo |Cesare Maccari | 1880 ver.
Editorial
¿Hasta cuando abusarás, Catilina de nuestra paciencia?
Por Ricardo J. Cornaglia.

¿Quosque tándem abutere, Catilina, patientia nostra?
Ante el ansia de poder de Catilina, reunido el Senado en el Templo de Júpiter Estator, Marco Tulio Cicerón (106 a 43 a. C.), asumió la defensa del pueblo de Roma y sus instituciones, en un discurso breve, de poco más de  300 renglones, en latín, que comienza con esa frase.
Se la reconoce, como la primera catilinaria y es una de cuatro piezas oratorias, en las que un simple plebeyo, amante del derecho, abogado al fin, quebró una lanza por salvar su República.
Es desde hoy, un fresco esfumado tras el título de esta revista, como imagen alegórica, e reemplaza a Hipérides, en la defensa en el areópago griego.
Cicerón ofrendó su vida por las instituciones republicanas. No fue asesinado por las cuatro catilinarias, sino por las catorce “Filipicas”, por las que el triunvirato de Octaviano, Marco Antonio y Lépido, lo decapitaron y expusieron su cabeza y manos al público, con ensañamiento.
Luis Antonio Villena, en su trabajo “Cicerón: la razón frente a la fuerza”, escribió: ”En este drama antiguo, hay escrita una lección que vale para cualquier época: que el fin justifica los medios en la lucha por el poder. No existe el fair play. Los ambiciosos se ponen de parte de quien conviene en cada momento. El propio Octaviano actuó así para lograr sus fines. Cicerón, por el contrario, optó por ser fiel a sus ideas y su visión de la patria, aunque fuera a costa de su vida. Y como todo debe cambiar para que nada lo haga, el Imperio Romano, que inauguró Octaviano, mantendría siempre -acaso en vago recuerdo de Cicerón- las formas republicanas aunque bajo un régimen de poder personal. El Senado sobrevivió formalmente, aunque a menudo fuera sólo un adorno en manos de los césares sucesivos.”
La historia, el derecho y las instituciones sirven, a quienes son capaces de servirlas.

Adios a Hipérides, bienvenido Cicerón

La Defensa en el presente número ha cambiado la imagen de Hipérides, defendiendo a Friné, acusada de  impiedad ante el areópago, amenazada con la pena de muerte, acudiendo al argumento de desnudar su belleza, conforme la recreación del cuadro perteneciente a Jean-León Gérôme ( 1824,París).
Pasó a identificarse la revista con el trasfondo de Cicerón, ante el Senado romano, en su célebre catilinaria. (Fresco, “La primera catilinaria”, Cesare Maccari, 1880, Palazzo Madama, Roma)
De esta forma y conforme a la recomendación de la mayoría del Consejo de Redacción de la revista y contra su propia opinión, decidimos a favor de lo peticionado por abogadas que presentaron la nota que puede ser leída en el correo de lectores, elevada a consideración por el Colegio de Abogados de Comodoro Rivadavia.
Soy el responsable de la selección de la obra de Gérôme y quien debe responder a la inquietud de las colegas que interrogan así: “¿Cuál es el mensaje que se pretende transmitir con esta imagen? ¿A qué ideario de “Derecho” remite? ¿Cuál es el criterio de selección de la fuente? “
Nadie se defiende bien en causa propia. Por lo tanto solo me reconozco responsable,   para liberar  a otros que no se han sentido identificados con la Revista imaginada, de la posible autoría del error en la perspectiva de género, sobre el ideario de derecho que la orientara o la  elección practicada.
No para defenderme, sino para facilitar la prueba y juzgamiento, reconozco que como decía un olvidado poeta obrero, Luis Franco: “Soy hombre, y nada del cuerpo y del alma de la mujer puede serme indiferente.”(Biografía en su obra “América inicial”).
En cuanto a mi ideario está presente en los editoriales y colaboraciones de todas las revistas publicadas hasta ahora, que pueden ser consultadas en el ícono Números Anteriores y en mi blog www.rjcornaglia.com.ar .
A las colegas disconformes les agradezco el interés demostrado por La Defensa, que a ellas también pertenece. Revista que no debe  evadir o  censurar ningún debate, lo que alcanza por supuesto a la cuestión de género.
Cuando las mujeres, hombres o representantes de un tercer género, piden se  trate esa cuestión, expresan una de las necesidades y angustias de nuestra época. Ejercen una defensa. Abogan por un derecho fundamental. El problema, adicional que cargamos los defensores, no es el costo el defender, sino la dignidad en el actuar luchando por la justicia.
Ricardo J. Cornaglia.

Nota respecto a la revista La Defensa
Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Comodoro Rivadavia
Comodoro Rivadavia, 26 de agosto de 2020
Dr. Ivan Visser  - Dr. Nicolas Demitriu

De nuestra mayor consideración;
Esperamos que se encuentren bien a pesar del ASPO que propone el escenario de esta pandemia producto del COVID19.
Motiva la redacción de esta nota, poner en su conocimiento una observación que ha surgido a partir de la lectura de la Revista La Defensa (http://www.ladefensa.com.ar/index.php) que el CPACR hace circular mensualmente,  por mail entre sus matriculadas y matriculados. Leer más...

Ruth Bader Ginsburg Q.E.P.D.

Ruth Joan Bader Ginsburg (Brooklyn, Nueva York; 15 de marzo de 1933-Washington D.C., 18 de septiembre de 2020)1 fue una jueza y jurista estadounidense que destacó especialmente por su trabajo en la lucha por la igualdad legal de género. Desde 1993 hasta 2020 fue jueza de la Corte Suprema de los Estados Unidos, nombrada por el presidente Bill Clinton. En 1972 fundó la sección de derechos de la mujer en la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles.
Ginsburg mantiene una alta popularidad en Estados Unidos. Icono de la cultura pop, recibe el apodo de "Notorious R.B.G." y está considerada como un símbolo de la resistencia pública y de la justicia.
Murió el 18 de septiembre de 2020 por un cáncer de páncreas metastático.

Elecciones en la A.A.L.
Nuevas autoridades

El 31 de agosto del 2020, la Asociación de Abogados Laboralistas llevó a cabo la elección de nuevas autoridades.
La nómina de autoridades electas, es la siguiente: Presidenta: Cynthia Astrid BENZION: Vicepresidenta: María Paula LOZANO; Secretaria General: Mariana Laura AMARTINO, Tesorero: Juan Vicente LENTA; Vocales: Matías CREMONTE, Leonardo ELGORRIAGA, Adolfo Eduardo MATARRESE, Ernesto ZAS PÉREZ y María Alicia CALVINHO. Revisores de Cuentas Titulares: Mariano SUAREZ, Sandra Noemí FOJO y Romina Vanesa STAMPONE y como Suplente: Humberto Darío DELLE CHIAIE.










Michael Praetorius: Dances from Terpsichore; Voices of Music 4K UHD


Caso “Spoltore vs. Argentina”.
Histórica sentencia de la Corte IDH sobre derechos humanos laborales
Por Gastón Valente

 
Violación al plazo razonable ante la demora excesiva en un proceso por enfermedad profesional. Violación al derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias que aseguren la salud del trabajador y el acceso a la justicia. El derecho a recurrir el fallo no es aplicable al proceso por enfermedad profesional.
Sumario: 1. Introducción. 2. El caso. 3. Violación al plazo razonable en un proceso por enfermedad profesional. 4. Violación al derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias que aseguren la salud del trabajo en relación al acceso a la justicia. 5. El derecho a recurrir el fallo no aplica al proceso por enfermedad laboral. 6. Reparaciones y garantía de no repetición. 7. Necesario control de convencionalidad por los jueces laborales. Caso “Juan” del Tribunal de Trabajo nº 2 de La Plata. 7. Conclusiones. Leer más...

Corte Interamericana de Derechos Humanos
Caso Spoltore vs. Argentina | Sentencia de 9 de junio de 2020

(Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas)
En el caso Spoltore Vs. Argentina, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “este Tribunal”), integrada por los siguientes jueces*: Elizabeth Odio Benito, Presidenta, L. Patricio Pazmiño Freire, Vicepresidente; Eduardo Vio Grossi, Juez; Humberto Antonio Sierra Porto, Juez; Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, Juez, y Ricardo Pérez Manrique, Juez, presente además, Pablo Saavedra Alessandri, Secretario, de conformidad con los artículos 62.3 y 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en adelante “la Convención Americana” o “la Convención”) y con los artículos 31, 32, 42, 65 y 67 del Reglamento de la Corte (en adelante “el Reglamento” o “Reglamento de la Corte”), dicta la presente Sentencia que se estructura en el siguiente orden: Leer más...

Corte Interamericana de Derechos Humanos
Caso Spoltore vs. Argentina | Sentencia de 9 de junio de 2020

(Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas)
Resumen Oficial emitido por la Corte Interamericana
El 9 de junio de 2020 la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte” o “este Tribunal”) dictó Sentencia mediante la cual declaró internacionalmente responsable a la República de Argentina (“el Estado”) por la violación de los derechos a las garantías judiciales, protección judicial y el derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias que aseguren la salud del trabajador, en relación con el acceso a la justicia, de Victorio Spoltore, en relación con la obligación de respetar y garantizar dichos derechos. Leer más...

Presentan Amicus Curiae.
Honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos:

Elsa Lilian Capone, DNI 11.017.735, médica del trabajo y Gastón Valente, DNI 23.439.689, abogado laboralista, la primera como coordinadora y el segundo como abogado asesor, actuamos en representación del Espacio Intersindical, Salud, Trabajo y Participación de los Trabajadores, habiendo tomado conocimiento del presente caso, nos presentarnos como “amicus curiae”, en el caso “Victorio Spoltore v. Argentina”, ante esta honorable Corte, y respetuosamente decimos:
I. SOLICITUD DE SER CONSIDERADOS COMO AMICUS CURIAE: Que venimos a presentarnos en correcto tiempo y forma, conforme lo establece el artículo 44 del Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en el caso de referencia, y sometemos a su consideración el presente memorial en derecho, en calidad de Amici Curiae (“amigo de la Corte”), en el que ofrecemos un análisis fáctico y jurídico pormenorizado de las cuestiones en debate, solicitando ser considerados en dicho carácter.  Leer más...

Caso Spoltore
Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Proceso laboral y plazo razonable.
Por Héctor Hugo Boleso.

SUMARIO: I. El Constitucionalismo transformador de América Latina- II. Doctrina del control de convencionalidad y plazo razonable- III. Mandato transformador para casos de personas en situación de vulnerabilidad y responsabilidad de las autoridades judiciales- IV. Los alcances del derecho al trabajo, y en particular el contenido del derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias- V. Acceso a la justicia, tutela judicial efectiva y demora excesiva del proceso judicial laboral- VI. El sistema procesal de instancia única y el debido proceso-   VII.  Las reparaciones- VIII. Conclusiones
I. El Constitucionalismo transformador de América Latina El Sistema Interamericano, a más de 40 años de entrada en vigor de la Convención, ha sentado las bases para la operatividad de un constitucionalismo transformador de América Latina. El constitucionalismo transformador significa interpretar y aplicar las normas del Sistema Interamericano de manera tal, que aquellas tengan un efecto sobre la realidad y generen un cambio social. Específicamente en América Latina este constitucionalismo busca incorporar los derechos humanos en los sistemas y organizaciones sociales que provocan los problemas estructurales. El Caso Spoltore, debe servir sin dudas para generar cambios en la mentalidad de los operadores judiciales y esencialmente en las estructuras del servicio de justicia; de manera tal que la tutela judicial efectiva sea operativa en todo juicio laboral, garantizando que la duración de éste tenga un plazo razonable.Leer más...

Sesión de trabajo.
De la Sección de Derecho del Trabajo y de La Seguridad Social del IDEL-FACA.


En relación al fallo “Spoltore” de la Corte IDHS.
El video siguiente, da testimonio de una de las reuniones de trabajo de una de la Secciones del IDEL-FACA. Ver el video…. Parte 1 | Parte 2

Disconformidades con el doble conforme
Por Rolando E. Gialdino

A. La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) “en el caso Mendoza y otros Vs. Argentina concluyó que el Estado de Argentina incumplió con su obligación contenida en el artículo 2 de la Convención Americana [sobre Derechos Humanos], en relación con los artículos 8.2.h, 19 y 1.1 del mismo instrumento, en perjuicio de la víctimas del caso, en virtud de que los artículos 474 del Código Procesal Penal de la Provincia de Mendoza vigente al momento de los hechos y el artículo 456 del Código Procesal Penal de la Nación no permitían la revisión de cuestiones fácticas y/o probatorias por un tribunal superior.
[…] De idéntica manera, en el caso Gorigoitía Vs. Argentina la Corte determinó que el artículo 503 del Código Procesal de la Provincia de Mendoza vigente al momento de los hechos, en tanto que era sustancialmente idéntico al referido artículo 474, era violatorio del artículo 2 de la Convención Americana, en relación con el artículo 8.2.h del mismo instrumento” 1 . Así lo recordó la Corte IDH en la última, reciente y renovada condena a nuestro país por circunstancias análogas a las antedichas: Valle Ambrosio y otro, vale decir, tras puntualizar las reprobaciones de mayo de 2013 y septiembre de 2019, respectivamente. Leer más...

La reducción de fondos a la ciudad, una grave lesión al federalismo fiscal
Por Marcela Basterra  
Fuente: La Nación

En la historia política argentina, uno de los puntos más conflictivos ha sido la relación financiera entre el Estado Nacional y las provincias. En diversas oportunidades, la asignación de los recursos económicos se ha regido por criterios al arbitrio del Ejecutivo Nacional, generando altos niveles de desequilibrio fiscal entre los territorios subnacionales.
El decreto 735/2020, que propone transferir fondos de la Ciudad Autónoma a la provincia de Buenos Aires, reabrió el debate en torno al régimen de coparticipación. Sin duda, la decisión unilateral y arbitraria del Poder Ejecutivo de reducir en un 1% el coeficiente de participación porteño resulta refractario a la Constitución Nacional, lesionando gravemente el federalismo fiscal y el federalismo de concertación que la reforma constitucional de 1994 consagró, a través de un sistema en el cual la distribución de los fondos coparticipables deberá efectuarse según criterios objetivos de reparto.

Fallo
"Juan, Ezequiel c/Provincia A.R.T. S.A.".
Tribunal del Trabajo No. 2 de La Plata.

Es este el primer fallo que conocemos, en el que invocando en los fundamentos la jurisprudencia sentada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso “Spoltore c/ Argentina”, ejerciendo el control de constitucionalidad y convencionalidad en materia de derecho humanos y sociales fundamentales, en relación al retardo de retardo judicial de causas.
“En la ciudad de La Plata, fecha impuesta por firma digital, se reúnen los jueces que integran el Tribunal del Trabajo Nº 2, Julio Cesar Elorriaga , Juan Ignacio Orsini y Carlos Mariano Nuñez, con la presidencia de este último, a efectos de dictar resolución en la causa N° 47.702 caratulada: "Juan, Ezequiel c/Provincia A.R.T. S.A.". Practicado el sorteo correspondiente, resultó el siguiente orden de votación: Jueces Orsini-Nuñez-Elorriaga. Leer más...

Mendez, Hector Oscar c/ Ministerio de salud de la Provincia de Buenos Aires s/amparo

La Sentencia dictada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata, del 30 de junio El fallo hizo lugar a una medida cautelar pedida en una acción de amparo contra el Ministerio de Salud de la PBA, iniciada por el miembro de la Mesa Directiva del IDEL-FACA, doctor Héctor Méndez,  en nombre de mi madre que estaba internada en un hogar de ancianos para que le realicen pruebas a todos los residentes y el personal que trabaja en ese establecimiento para prevenir y evitar el ingreso del Covid . La sentencia y el recurso  interpuesto, son transcriptas y sirven de ejemplo procesal que pueden seguir los abogados lectores de La Defensa.

Causa Nº 25621 CCALP “Mendez, Hector Oscar c/ Ministerio de salud de la Provincia de Buenos Aires s/amparo (INFOREC 10)”

En la ciudad de La Plata, a los treinta días del mes de Junio del 2020, reunida la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo con asiento en La Plata, en Acuerdo Ordinario, con la presencia de los Señores Jueces Dres. Gustavo Juan De Santis, Claudia Angélica Matilde Milanta y Gustavo Daniel Spacarotel, para entender en la causa "MENDEZ, HECTOR OSCAR C/ MINISTERIO DE SALUD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/AMPARO (INFOREC 10)", en trámite ante el Juzgado en lo Civil y Comercial n° 1 del Departamento Judicial La Plata (Expte. Nº -11112557-), previo sorteo y deliberación, se aprueba la siguiente resolución. Leer más...

Acción de amparo y sentencia favorable

La Sentencia dictada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo de La Plata, del 30 de junio El fallo hizo lugar a una medida cautelar pedida en una acción de amparo contra el Ministerio de Salud de la PBA, iniciada por el miembro de la Mesa Directiva del IDEL-FACA, doctor Héctor Oscar  Méndez,  en nombre de mi madre que estaba internada en un hogar de ancianos para que le realicen pruebas a todos los residentes y el personal que trabaja en ese establecimiento para prevenir y evitar el ingreso del Covid . La sentencia y el recurso  interpuesto, son transcriptas y sirven de ejemplo procesal que pueden seguir los abogados lectores de La Defensa. Leer más...

La Corte en tiempos del Coronavirus
Por Sebastián Serrano Alou


1. Una vez más, la Corte se aparta del Bloque de Constitucionalidad Federal (BCF), como si los jueces que la integran no estuvieran sometidos al mismo . La Corte del Cambio regresivo , la del invierno laboral , la que viene fallando desconectada del BCF, construyendo una doctrina en contra de los trabajadores y a favor de los empresarios , en tiempos de Coronavirus confirma sus objetivos y emite una sentencia que busca impactar negativamente  en la especial protección que el gobierno ha dado al pueblo trabajador a partir de la pandemia . Que la Corte dicte una sentencia  en la que deja sin efecto una medida cautelar que dispone la reincorporación de un trabajador despedido, atendiendo fundamentalmente los argumentos del empleador y sin analizar la situación del sujeto de preferente tutela, en medio del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) y mientras juezas y jueces del trabajo de distintos puntos del país ordenan la reincorporación de trabajadoras y trabajadores despedidos , esto con fundamento en la principal Leer más...

Conmemoración en tiempo de Pandemia
Por Ricardo Manuel Villar

Una vez más, este 29 de Agosto, las abogadas y abogados del todo el país, celebramos nuestro día, congregados tras la figura del insigne prócer, nuestro colega, el Dr. JUAN BAUTISTA ALBERDI, padre de nuestra Nación, jurídica y constitucionalmente organizada.
Esta celebración es muy especial, muy distinta a todas las que se realizaron desde que la Federación Argentina de Colegios de Abogados, por resolución de su Junta de Gobierno, en 1958, instaurara nuestro día en conmemoración al natalicio de Alberdi.
El mundo entero, y particularmente nuestro país, esta conmovido por un terrible mal, la pandemia por el virus covid-19, que no solo vino a alterar nuestra vida cotidiana, a enfermarnos, incluso de muerte en muchos casos.
También y con la misma magnitud ha afectado gravemente la salud de nuestras instituciones, las que hoy se encuentran debilitadas, al borde del colapso muchas de ellas, alejadas de esos principios que nos legara Alberdi, con los que se construyó, forjó y creció nuestra Nación, desde 1953 cuando se dictó nuestra Constitución Nacional inspirada en las ideas plasmadas en sus “Bases y puntos de partida para la organización política de la República de Argentina.” Leer más...

Colegio de Abogados de Santa Fe
Reclamo al Gobernador en relación al ejercicio de la abogacía en esa Provincia.
Santa Fe, septiembre de 2020
Señor Gobernador Provincia de Santa Fe C.P.N Omar Perotti S/D:

Nos dirigimos a usted, planteando nuestra profunda preocupación por  el tratamiento discriminatorio, injusto y arbitrario que surge del decreto 954 del 2020, por el cual se suspende el ejercicio de la abogacía, entre otras.
Conforme se deduce de la mentada normativa, estaría prohibida la concurrencia a los estudios jurídicos, no así la práctica profesional, en razón de que nuestros servicios son esenciales para gran parte de la comunidad que requiere acudir al asesoramiento letrado para la resolución de sus conflictos (laborales, familiares, administrativos, penales, civiles, comerciales, entro otros) y atención de sus necesidades, más aún en estos tiempos. Leer más...

Proyecto de ley
Ayuda económica a empresas domiciliadas en paraísos fiscales.
Pohibición.

El Senado y Cámara de Diputados, ...
Proyecto de Ley LEY NACIONAL DE PROHIBICIÓN DE AYUDA ECONÓMICA A EMPRESAS DOMICILIADAS EN PARAÍSOS FISCALES O AQUELLAS CON PROBADA EVASIÓN FISCAL.
ARTÍCULO 1°.-  Objeto. La presente ley tiene por objeto la regulación de la ayuda financiera que brinda el Estado en casos de epidemias, pandemias, catástrofes o razones de fuerza mayor, a las empresas registradas en los denominados “paraísos fiscales” fuera del territorio nacional o con probada evasión fiscal en lo que concierne a las regulaciones tributarias argentinas. Leer más...

La polémica entre Kelsen y Cossio

Hace ya tiempo en La Defensa, invitamos a los lectores a investigar y debatir sobre la polémica entre Kelsen y Cossio.
En relación a ello el doctor Facundo Gutiérrez Galeno, nos arrimó este material, que corresponde a una presentación y debate de una obra que refiere a ese importante que signó a la filosofía del derecho.
El 16 de septiembre de 2020 tuvo lugar por Zoom y Facebook Live AAFD, la Presentación del libro La polémica Kelsen-Cossio. Teoría Pura del Derecho versus Teoría Egológica del Derecho, de Hans Kelsen y Carlos Cossio (estudio preliminar de Diego Luna).
Intervinieron: Ana Astrada (UNT) Leopoldo Godio (UBA) Diego Luna (UBA) Christoph Meran (Embajador de Austria) Carlos Pettoruti (UNLP) Julio Raffo (UBA) Oscar Sarlo (UDELAR) Lectura de las palabras enviadas por el Prof. Thomas Olechowski (Hans Kelsen.Institut y Universidad de Viena).
Organizaron y auspiciaron: Asociación Argentina de Filosofía del Derecho Cátedra Libre Carlos Cossio (UNLP) Embajada de Austria Instituto de Filosofía y Teoría General del Derecho del Colegio de Abogados de La Plata Departamento de Filosofía del Derecho (Facultad de Derecho, UBA) Más información: dfiloso@derecho.uba.ar | Ver video...


Opiniones de lectores

Se convoca a los lectores para aportar opiniones y materiales de información publicables en esta revista. Se invita al ejercicio de la crítica constructiva, sobre estos temas ya abordados:







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