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F.A.C.A. y los Colegios de Abogados ante la reforma de la ley de riesgos de trabajo
El tratamiento de lo que hace a la reforma del régimen de riesgos del trabajo consagrada legislativamente, produjo reiterados reclamos de la abogacía y sus Colegios dirigidos al IDEL y a las autoridades de FACA, reclamando material informativo y doctrinario, además de una toma de posición en cuanto a la misma por parte de la entidad. La recopilación de material de este número, sistematiza la información ya adelantada en el No. 4 del mes de marzo de La Defensa y facilita el conocimiento necesario para el mejor conocimiento de los derechos de los justiciables y el rol del abogado, en relación a los derechos constitucionales. El tema es abordado a partir del tratamiento ya dado a las inconstitucionalidades de la Ley 24.557,  y sus sucesivas reformas, la doctrina de la Corte vigente y los posiciones que con coherencia viene manteniendo esta Federación.

Control de constitucionalidad de la ley de riesgos y reformas de la misma.
Dictámenes de Colegios integrantes de F.A.C.A., Congresos, Conferencias de Abogados, del IDEL-F.A.C.A y la F.A.C.A.

El posnet y los abogados.
Sr. Presidente Del IDEL FACA | ,Leer Dictámen...

Dictámen sobre el digesto juridico.
Declaración de la sección de derecho del trabajo del (I.D.E.L.)  (F.A.C.A.).
TEMA: Declaración I.D.E.L. | F.A.C.A. Digesto Jurídico Argentino Ley 29.939
Se hace saber a los Colegios de Abogados de la Argentina y sus matriculados, que la Mesa Ejecutiva del IDEL-FACA, integrada por sus miembros: Carlos Vásquez Ocampo Leer más...

Dictámenes del IDEL
Dictamen Incumbencias IDEL-FACA.
Rosario, 1 de junio de 2.016.
Sr. Presidente de la F.A.C.A.
Dr. Eduardo Massot
S /D
Ref.: Dictamen sobre la Resolución CE nº 1131/16 del CIN.
De mi mayor consideración:
Tengo el agrado de remitir a Ud. el presente en mi carácter de Directora de la Sección de Derecho Tributario del IDEL de esta FACA y de Secretaria de dicho IDEL -por ello este dictamen es suscripto también por el Sr. Presidente del IDEL Dr. Ricardo Cornaglia- en respuesta a lo que me fuera solicitado por Ud. referido a la elaboración de un dictamen u opinión en punto a la Resolución CE nº 1131/16 del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) de fecha 15 de marzo de 2.016 documento referido a la revisión de Actividades reservadas de la Comisión de Asuntos Académicos de dicho organismo. Ello por la implicancia de dicho documento respecto de las incumbencias profesionales de la Abogacía en materia tributaria por la Comisión a mi cargo independientemente de que otras Comisiones de este IDEL lo amplíen a otras ramas involucradas. Leer mas...

Dictámenes del IDEL
Comisión de Derecho Tributario IDEL - F.A.C.A.
Comisión de Derecho Tributario
Instituto de Estudios Legislativos (IDEL)
Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA)
Ciudad de Buenos Aires, 28 de setiembre 2.012.
Sr. Presidente de la
Federación Argentina de Colegio de Abogados
Dr. Ricardo De Felipe
S/D.
Ref.: Dictamen solicitado
por el Colegio de Abogados de Córdoba
De mi mayor consideración:
Tengo el agrado de remitir a Ud. el presente a los fines de dar opinión en punto a lo solicitado por el Colegio de la referencia.
En primer lugar dejo manifestado que el desarrollo se va a circunscribir exclusivamente a la incumbencia de la Comisión que presido (lo que implica la posible consulta de V parte a las Comisiones de Derecho Constitucional y Previsional por la cuestión involucrada) y que la exposición es de aspectos fundamentales dada la urgencia en la respuesta solicitada por el peticionante (lo que implica la posibilidad de una mayor profundización). Por último, se tuvo a la vista el dictamen elaborado por el presidente de la Sala Fiscal del Colegio de Abogados de Córdoba también integrante de la Comisión de Derecho Tributario que presido en este IDEL Dr. Manuel de Allende.
Se solicita opinión acerca de: Leer más...

Control de constitucionalidad de la ley 27.348.
El tema fue tratado por la Mesa Directiva y la Junta de Gobierno de F.A.C.A.
Elevado a la Mesa Directiva de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, el Dictamen de la Sección de Derecho del Trabajo  y de la Seguridad Social del Instituto de Estudios Legislativos,  en relación a la Reforma de la Ley de Riesgo de Trabajo, el mismo fue tratado en la reunión del día 9 de marzo del corriente año, en la Ciudad de Jujuy.
Luego de un intercambio de ideas y dada la importancia del tema, la Mesa Directiva hizo suyo el Dictamen y resolvió elevarlo para su consideración a la Junta de Gobierno, quien lo trató el viernes 10 de marzo.
Luego de debatido el Dictamen en el seno de la Junta de Gobierno,  con la presencia de Presidentes y Delegados de 32 Colegio de Abogados  del país el Dictamen fue aprobado por unanimidad.
Dictamen de la sección de derecho del trabajo y la seguridad social del Instituto de Estudios Legislativos (I.D.E.L.) de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (F.A.C.A.). El dictamen aprobado por la entidad es el siguiente:

El fuero del trabajo y la defensa de los trabajadores.
Declaración de la sección de derecho del trabajo del instituto de estudios legislativos (IDEL) de la federación argentina de colegios de abogados (F.A.C.A.).
La justicia del trabajo es el último refugio con que cuentan los trabajadores cuando padecen actos ilícitos o daños sufridos en ocasión de la dación de tareas. Cuando ella se torna ineficiente y no cumple su misión, a los trabajadores sólo les espera la marginalidad social y la miseria.  En un país en el que la corrupción empresaria ha llegado al punto del escándalo, el trato que reciben los trabajadores y la burla sistemática y fraudulenta del orden público social es natural al abuso y la explotación. Siendo las víctimas de ese corrupción, sujetos de especial consideración tuitiva constitucional, necesitan de abogados para su defensa.
El fuero del trabajo y el ejercicio de la abogacía en el mismo,  merecen un trato justo que no reciben, de la prensa sensible a los intereses empresarios, ni del presidente de la República.
No hay acceso a la justicia de los sectores más desprotegidos de la población, sin el ejercicio libre, honesto y digno de la defensa..

Código civil y comercial.
En la Cámara de Diputados de la Nación el 22 de noviembre del 2012, durante el debate del proyecto de ley de sanción de Código Civil y Comercial, se celebró una audiencia pública, a la que fue invitado el Presidente del IDEL para exponer la posición adoptada en torno a la ley proyectada por parte de la entidad que preside.
Se transcribe la versión taquigráfica de la exposición llevada a cabo por el doctor Ricardo J. Cornaglia:
-En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los veintidós días del mes de noviembre de 2012, a la hora 16 y 26:
Sra. Coordinadora (Diputada L. Parada).-.

Dictámenes del IDEL
Dictámen Sección Derecho Tributario IDEL FACA
Rosario, 10 de abril de 2015.
Sr. Presidente Del IDEL FACA
Dr. Ricardo Cornaglia
S/D.
Ref.: Dictamen Sección Derecho Tributario IDEL FACA
De mi mayor consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en mi carácter de Directora de la Sección de Derecho Tributario de este IDEL para acompañar lo dictaminado por la Sección a mi cargo en punto a la preocupación manifestada oportunamente por el Colegio de Abogados de Rosario por la presentación efectuada por un colega requerido por la AFIP DGI, en punto a si existe la obligación frente al Fisco Nacional para los profesionales abogados de poseer terminales electrónicas P.O.S. (comúnmente “posnet”) para la cancelación de honorarios y retribuciones por la prestación de servicios profesionales, mediante la utilización de tarjetas de débito bancarias por parte de sus defendidos Leer más...


Insconstitucionalidad DNU 54/2017
Declaración de la F.A.C.A.
VISTO: El dictado por parte del Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.) del Decreto de Necesidad y Urgencia (D.N.U) número 54/2017 que introduce importantes modificaciones al Régimen de Riesgos del Trabajo,
Y CONSIDERANDO:
1º)  Que el P.E.N. ha recurrido al art.  99 inc 3º de la Constitución Nacional para dictar la norma indicada, lo que resulta en el caso lesivo del orden constitucional republicano establecido en la Carta Magna;
2º)  Que el citado art.  99 inc. 3º de nuestra Ley.

Colegio de Abogados de La Plata.
Informe del Instituto de Derecho laboral.
Analisís crítico a las modificaciones en riesgos del trabajo
Derecho Laboral CALP
Jueves, 16 de febrero de 2017
Informe y análisis crítico a la luz de las reformas introducidad por el DNU 54/17
La Plata, 2 de febrero de 2017.-
El Instituto de Derecho Laboral del Colegio de Abogados de La Plata, tiene el agrado de dirigirse a Ud. a los efectos de hacerle llegar el informe efectuado por este Instituto, con relación al reciente Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 54/2017, dictado el pasado 20 de enero del corriente año, por el P.E.N.
En principio, debemos destacar que el presente informe resulta ser una aproximación analítica a los aspectos más relevantes del mencionado DNU 54/17, sin perjuicio del dictamen final que oportunamente emitirá el Instituto.

Opinion del instituto de estudios legislativos  de la federacion argentina de colegios de abogados sobre el tema dr. Fayt.
La Junta Directiva del Instituto de Estudios Legislativos reunida el pasado 13 de mayo de 2015r, con la presencia de los Doctores Ricardo J.Cornaglia, Héctor Oscar Méndez, Ricardo Gil Lavedra, Gabriela Inés Tozzini, Alberto F. Ruiz de Erenchun, Fernando Díaz Cantón, Cayetano Póvolo, Maximiliano Toricelli y Carlos Vásquez Ocampo , luego de un extenso análisis consideran que:
  Sin una denuncia formal de enjuiciamiento político basada  en las causales previstas en la Constitución Nacional , la Comisión de Juicio Político de la H. Cámara de Diputados de la Nación  carece de atribuciones para iniciar investigaciones preliminares tendientes a verificar si concurren los extremos necesarios para abrir un procedimiento .
 En tal sentido el art.7º del Reglamento Interno de la Comisión de Juicio Político de la H. Cámara de diputados de la Nación establece “ …la Comisión carece de iniciativa para promover juicio político a los funcionarios y magistrados incluidos en el art. 53 de la Constitución Nacional…”

Antecedentes del dictamen elaborado por la faca sobre la ley 27.260. Material de consulta.
Control de constitucionalidad de la ley 27260 y su reglamentación.
Por la Ley 27.260 se declaró el estado de emergencia previsional, y a su mérito un programa que propone acuerdos transaccionales referidos a los créditos insatisfechos de los beneficiarios del sistema de la seguridad social Por el programa se propone un plan de saneamiento de la deuda social que el sistema reconoce existe en perjuicio de los jubilados.
La FACA ha formulado una Leer más..

Dictámenes del IDEL
Dictámen sobre la Privatización de la Recaudación.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 22 días del mes de octubre de 2013, los integrantes de la Sección de Derecho Tributario del IDEL de la FACA presentes, Dres. Gabriela Inés Tozzini, Jorge Saverio Matinata e Ignacio Ezequiel Vitelleschi, emiten el siguiente dictamen y resuelven elevarlo a la Junta Directiva del IDEL para su consideración y aprobación.
Motiva el presente, la proliferación de tercerizaciones o delegaciones que hacen los fiscos locales, de las distintas etapas que conforman la recaudación, como función esencial del estado en materia tributaria.
El mismo se elabora a propósito de la Resolución N° 717/2011 emitida por el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, debido a que en la actualidad ha proliferado el dictado de Ordenanzas en los Municipios de la provincia que toman tal normativa como base para delegar la función de recaudación en manos privadas.
DICTAMEN:
I.- PRIVATIZACIÓN DE LAS FUNCIONES QUE INTEGRAN LAS DISTINTAS ETAPAS DE LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA Y LAS FUNCIONES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES:
a.- Marco Legal en la provincia de Buenos Aires: El artículo 159 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires atribuye a la Legislatura Provincial la facultad de sancionar la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de controlar la percepción e inversión de las rentas públicas.-
En síntesis, el texto constitucional le atribuye al Tribunal de Cuentas facultades de control vinculadas con Leer más...

Reforma de la Ley de riesgos de trabajo.
Declaración de la F.A.C.A.
20 de Diciembre de 2016.-   
VISTO: El Proyecto de Ley enviado al Congreso de la Nación por el Poder Ejecutivo Nacional proponiendo una modificación de la Ley de Riesgos de Trabajo, que ya ha tenido despacho favorable en la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado de la Nación (Expte. PE-201/16), y
CONSIDERANDO:
1) Que el 3 de Agosto ppdo., como consecuencia del anuncio realizado por entonces en distintos medios periodísticos del inminente envío por parte del Poder Ejecutivo de un proyecto modificatorio de la LRT. Leer más...

Concordancia:
Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales Universidad Nacional de la Plata. Instituto de Derecho Social (Del trabajo y la previsión)
La Plata, 14 de marzo de 2017.         
Dictamen sobre la validez constitucional de la ley 27.348, que reforma y complementa la ley 24.557.
La ley 27.348, en tanto mantiene el esquema de seguro privado a cargo de sociedades anónimas[1] (o, en su caso, del propio empleador autoasegurado), continua violando el programa constitucional que impone la creación de un seguro social obligatorio a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica administrada por los interesados y con participación del Estado (conforme art 14 bis C.N.). Leer más...

Codigo de derecho de trabajo y de la seguridad social.
Declaracion de la seccion de derecho del trabajo y de la seguridad social del idel-faca en torno a la sancion de un codigo de derecho del trabajo y de la seguridad social.
La manda constitucional prevista en el art. 75, inciso 12, referida a que el Congreso de la Nación sancione un Código de Derecho del Trabajo y de la Seguridad, permanece tan incumplida, como lo fue la de la Constitución de 1949 durante su vigencia, la de sancionar un Código que ordene y sistematice a los derechos económicos y sociales, implica un verdadero alzamiento contra la orden impartida por el constituyente.
Todo intento de dar cumplimiento al mandato constitucional merece apoyo y tambien un meduloso estudio. En la formulación de la formulación de un anteproyecto, es de indudable valía la participación de la abogacía organizada con sus aportes.
También se debe grantizar la mayor publicidad de todo ante proyecto en elaboración y operar en la misma redacción del mismo, consultando democráticamente a todos los que pueden enriquecerlo.
La Sección de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social del Instituto de Estudios Legislativos de la F.A.C.A., invita a los colegios de abogados a hacer aportes destinados a elevar iniciativas útiles a ese fin.
A tal efecto recopilará anteproyectos  Leer más..

Ley 27260 de reparación histórica para jubilados y pensionados.
La Federación Argentina de Colegios de Abogados valora los esfuerzos realizados por el Estado Nacional en pos de asegurar a sus jubilados y pensionados el goce de los derechos previsionales que fueron postergados durante tanto tiempo. Leer más..

Dictámenes del IDEL
Declaración del IDEL sobre la Ley 26.944 de Responsabilidad Estatal
I.- Introito:
Que, en fecha 7 de agosto del presente año fue promulgada la ley del acápite. Tal norma quita la regulación de la responsabilidad del estado de la legislación civil y la considera como una regulación que integra el derecho público administrativo tanto nacional como local.
En efecto, responde a la modificación en el Proyecto del Poder Ejecutivo de los arts. 1.764, 1765 y 1766 del proyecto de la Comisión de Juristas -reiterado en el dictamen de la Comisión Bicameral y en el texto aprobado por el Senado-, según el cual se regulaba adecuadamente la Responsabilidad civil del Estado y sus agentes resulta cuestionable en tanto dificulta y restringe dicha responsabilidad. Este es seguramente uno de los aspectos más criticables del proyecto de unificación. Leer más...

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