Revista La Defensa

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Año II | número XXII | Agosto | 2018 | en línea los dias 20 de cada mes.
Imágen de portada | Friné ante el areópago | Jean Leon Gerome | Óleo |1861 | ver.
Editorial.
Convocatoria a la XIXa. Conferencia Nacional del Abogados
Acceso a la Justicia y el rol del abogado.
La FACA  ha convocado a la XIXa.,  Conferencia Nacional de Abogados que se llevará a cabo en abril del 2019, en La Plata, actuando en la ocasión como anfitrión el Colegio Público de Abogados de esa ciudad Capital de la Provincia de Buenos Aires.
La anterior,  XVIIIa. Conferencia Nacional de Abogados, se llevó a cabo el San Miguel de Tucumán, los días 10,11 y 12 de agosto del 2016 bajo el lema “Debate desafío a un año de la sanción del Código, Civil y Comercial”.
Pesa sobre el Instituto de Estudios Legislativos (IDEL) de la Federación la organización académica del evento que se llevará en esta ocasión bajo el rótulo del “Acceso a la justicia y el rol del abogado”.
Se repartirá en tres jornadas y participarán los juristas más destacados con que cuentan más de ochenta Colegios Públicos y tres Asociaciones de abogados, que integran orgánicamente a la Federación Argentina de Colegios de Abogados y  acuden, como animadores, los integrantes de las Secciones de nuestro Instituto que designa sus coordinadores, organizando en principio,  en cinco comisiones, los informes y debates de las ponencias. También las conclusiones.
El Colegio de Abogados de Córdoba, ha prometido convocar para el mes de noviembre del 2018, una Jornadas Nacionales Preparatorias de la Conferencia.
Nuestro país, es notorio, pasa por una profunda crisis de la juridicidad, de la cual puede salir fortalecido o nuevamente frustrado.
Este número de La Defensa expone un debate sobre la revolución informática en lo que nos atañe, que muestra que la problemática, además de ser nacional, alcanza a tener un sesgo tecnológico mundial. Quien no anticipa, mal puede llorar sobre la leche derramada. La informática cognitiva puede ser una amenaza o un nuevo instrumento que pongamos a nuestro servicio, si estamos a la par de su conocimiento. Cómo siempre, el conocimiento es poder y el poder una amenaza o una esperanza.
El juzgamiento de los militares y cómplices civiles, responsables de los gobiernos de facto de 1966 y 1976  y sus atrocidades, pudo ser un ejemplo, lo fue en cuota modesta y se transformó en un parto de la siete leguas, con alumbramiento tardío y débil.
Ahora, a cuarenta y cuatro años de restablecimiento de la vida constitucional, cuando la peste de la corrupción en los sucesivos gobiernos democráticos es procesada, colocando en el banquillo de la acusación a los más altos dignatarios, la tecnocracia que le sirve y al empresariado que engordó sus arcas, el poder judicial se constituye en el principal animador del proceso. Lo hace respondiendo tardíamente a lo que la prensa y la propia opinión pública esclarecida, ponía de relieve, para no ser cómplices con su silencio. Un poder republicano, que con y sin el menor amago de autocrítica, está cumpliendo a regañadientes los deberes que le impone la República, y desnudando sus propias debilidades. Pero por fin lo está haciendo.
El Congreso que emana de la representación popular, lejos estuvo de cumplir con sus deberes hasta el presente, en el desafío de enfrentar a la corrupción imperante.
Fueron periodistas los que hicieron reventar la pústula. Y muchos de ellos, abogados, que como Mariano Moreno y Monteagudo, advirtieron que la prensa se puede constituir en un bastión militante del hacer justicia, insustituible en un Estado que basa el poder en la soberanía popular.
En la recurrente reconstrucción de ese Estado, la Federación encara la tarea desde los cimientos y convoca a la abogacía y sus instituciones, a desarmar los vallados creados al acceso de la justicia.
Porque la ciudadanía lo necesita y requiere. Y porque en ello les va el futuro a los abogados que se nieguen a los secretos encantos del poder constituido aunque se deban curar en salud, indagando sobre su propia participación, en lo que los argentinos hemos hecho de la Argentina.

Comisión DDHH de la Asociación de Abogados de Buenos Aires.
En la Comisión de DDHH de la Asociación de Abogados de Buenos Aires hemos elevado a la Comisión Directiva el siguiente proyecto:
C.A.B.A., 25 de julio de 2018
A la Comisión Directiva de la Asociación de Abogados de Buenos Aires
Presente.
De mi consideración:
En mi carácter de presidente de la Comisión de Derechos Humanos de esta institución me presento a fin de elevar una propuesta de declaración y de adhesión a convocatorias con motivo del dictado del decreto 683/18. La propuesta es la siguiente:
“El pasado 23/07/2018 el Presidente de la Nación, anunció una reforma al sistema de defensa del país .
Durante su discurso destacó la necesidad de que las Fuerzas Armadas sean capaces de enfrentar los desafíos del siglo XXI. Asimismo manifestó su voluntad de “saldar la deuda que tenemos con las fuerzas armadas de la democracia”, para lo cual pretende promover un proceso de modernización, cuyo inicio debe darse con una nueva “directiva de política de defensa nacional”.
En ese sentido indicó que la misión principal de las Fuerzas Armadas es proteger la soberanía e integridad territorial del país, pero también mencionó como parte del proyecto que “es importante que puedan colaborar con la seguridad interior”, destacando “principalmente apoyo logístico en zona de fronteras, interviniendo para la protección de eventos de carácter estratégico”.

Material antecedente.
Diario de Sesiones de Cámara de Diputados de la Nación. Sesión del 21 de agosto de 1985.
(Sostenido por el Presidente del IDEL-FACA y director de esta revista, en el debate con que se inició el tratamiento de la Ley de Defensa, en la Cámara de Diputados de la Nación).
Sr-. Presidente (Pugliese). — Tiene la palabra el señor diputado por Buenos Aires.
Sr. Cornaglia. — Señor presidente, Honorable Cámara: en muchos aspectos hemos demostrado en este debate espíritu de acercamiento entre las diferentes posiciones sobre el régimen ele la defensa nacional. Hay sin embargo un eje divisorio que tal acercamiento no puede superar. En mi modesto concepto, esa diferencia central radica en el tema de la política de seguridad interior y en el papel que las fuerzas armadas argentinas, han de cumplir en el aseguramiento de la seguridad interior en la Nación.
El tema de la seguridad interior se vincula en la realidad argentina con la trágica y patológica vivencia de la doctrina de la seguridad nacional a partir de la década del 60. No obstante, es necesario considerar la influencia de está doctrina a todo lo largo de la historia de nuestro país, y en esto voy a diferir del concepto del señor presidente en cuanto al rescate de la realidad histórica que ha de regimos en el tema que consideramos. Voy a mirar este problema desde el enfoque profundo de nuestra historia, en la que las fuerzas armadas argentinas tuvieron que ejercer políticas tremendas y trágicas en la represión de conflictos internos en nuestra tierra. Leer más...
Artículo publicado en Le Monde Diplomatique
Debate sobre la Defensa Nacional en la Argentina.
Por Ricardo J. Cornaglia.
Fuente: Le Monde Diplomatique. Octubre de 1985
En la República Argentina, la remisión a la Cámara de Diputados de un proyecto de ley, enviado por el doctor Raúl Alfonsín, ha desatado el debate parlamentario referido al tema del papel a cumplir por las Fuerzas Armadas, como organismo ejecutor de las políticas de seguridad interior.
En ese debate, fue casi unánime la condena a la doctrina de la seguridad nacional y sus políticas represivas que, en materia de derechos humanos, convirtieron en notorio, lo indigno.
Si bien en la misma Cámara de Diputados se puso de relieve el papel de la formación militar al compás de las enseñan­zas de las teorías de guerra contrarrevolucionaria francesa y estadounidense, en el plano de las teorías, y en la práctica es público y conocido el proceso de formación de cuadros militares en cursos que se dictaron en el país del Norte, o en naciones centroamericanas con maestros yanquis, lo cierto es que la vigencia actualizada de tales criminales métodos no deja de tener tristes antecedentes, algunos de los cuales se remontan al siglo pasado. Leer más...


El mundo virtual y la abogacía
La crisis que se viene
Promoviendo el debate y reclamando de los Colegios y sus matriculados, recogemos este material básico, que augura sobre el tema, partiendo de una inquietante nota española aparecida ya hace dos años
El futuro de los Abogados
El Abogado desaparecerá en 15 años.
Por Jesús P. López Pelaz.
Fuente: http://www.abogadoamigo.com. 21 de noviembre de 2016.
El abogados, tal y como lo hemos conocido hasta hoy es una especie en vías de extinción.
El futuro de los abogados viene marcado por la evolución tecnológica, la universalización de la información. el big data y fundamentalmente la computación cognitiva harán en unos años que la
profesión de abogado nunca más vuelva a ser lo mismo.

Discriminación
A los Señores Legisladores de la Provincia de Buenos Aires: Ante versiones circulantes respecto de las modificaciones que en las Comisiones de Trabajo y Legislación Social y de Legislación General del Senado se proponen respecto del Proyecto de Ley A 2 2018-2019, perjudicando y discriminando al Departamento Judicial Moreno-General Rodríguez, les hacemos saber: Que no hay razones imaginables, ni de planificación, ni de estadísticas, que justifiquen someter a nuestros justiciables a una Alzada situada a setenta kilómetros de distancia. La versión original del Proyecto prevé para nuestro Departamento una Cámara de Apelaciones y cuatro Juzgados de Primera Instancia. Leer más...

Instituto Derecho del Trabajo Colegio de Abogados de Trenque Lauquen
Dictámen sobre la ley de riesgos del trabajo.
Por Ramón Faustino Pérez.
Trenque Lauquen, 13 de Junio de 2018.-
Dr.
Hugo David Palomeque
Presidente del Colegio de Abogados
Departamento Judicial Trenque Lauquen
S.            /        D.-
De nuestra mayor consideración:
                                                      Conforme lo requerido al Instituto que tengo el honor de coordinar, cumplimos en elevar a Ud. el presente- y por vuestro intermedio al Consejo Directivo del Colegio Departamental- un informe respecto de la Ley Complementaria de Riesgos de Trabajo (nº 27.348) y la situación actual con respecto a la misma de acuerdo a los pronunciamientos de los que se tiene conocimiento emitidos por el Tribunal de Trabajo local.
Dividiremos el informe en dos partes, la primera relativa a nuestra opinión acerca de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la Ley y la segunda, conteniendo una referencia a las últimas decisiones tomadas por el Tribunal Laboral del  Departamento relacionadas con la ley 27.348 – y la adhesión provincial-, la que concluye con una opinión que,  a criterio de este Instituto, debe considerarse en el ejercicio profesional.-
I- ACERCA DE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY 27.348 Y EL SISTEMA IMPLEMENTADO POR LA MISMA:
Este Instituto, luego del profundo análisis que en distintas reuniones ha realizado del texto de la ley  y de sus normativa complementaria ( por caso Resolución SRT 298/17 de la SRT, entre otras) considera que el núcleo normativo central de la misma es claramente inconstitucional.
Los fundamentos son, entre otros, los siguientes: 1- La obligatoriedad de la imposición a los trabajadores de recurrir a las Comisiones Médicas (en adelante CCMM o CM ) como instancia previa, excluyente y obligatoria para solicitar las prestaciones de la LRT u homologar acuerdos con las ART. Se desconoce así cuatro fallos relevantes de la Corte Suprema (los casos “Castillo”, “Venialgo”, “Marchetti” y “Obregón ” )que declararon la inconstitucionalidad de este procedimiento dirigido por médicos.-
Vinculado
Jurisprudencia del Tribunal del Trabajo de Trenque Lauquen
Fallo Vallejos c. La Segunda A.R.T.
El Tribunal del Trabajo de Trenque Lauquen, el 17 de mayo del 2018, dictó sentencia en los autos "Vallejos c. La Segunda A.R.T.", ejerciendo el control de constitucionalidad sobre la ley 27.348 y la ley de adhesión provincial por la ley 14.997, sumándose a una creciente tendencia de los tribunales de grado de la Provincia de Buenos Aires. Ver el fallo. Leer más...

Cómo cuantificar el daño.
Doctrina, Jurisprudencia, links con fórmulas, y páginas web imprescindibles y de gran ayuda para el ejercicio profesional.
Se publica parte del material aportado por el Dr. HUGO ACCIARRI (quien fue orador en una reciente Jornada), a quien desde el Colegio se agradece. Leer más...

Derecho Laboral
Provincia de Buenos Aires
¿El proceso laboral es el culpable?

Por Facundo Gutiérrez Galeno.
En el presente trabajo intentaremos reflejar algunos temores y preocupaciones que tenemos los profesionales que integramos Instituto de Derecho Laboral del Colegio de Abogados de La Plata (IDL-CALP) frente al proyecto de reforma a la ley de procedimiento laboral de la Provincia de Buenos Aires, presentado por el Poder Ejecutivo a la legislatura provincial. Realizaremos un breve análisis crítico sobre los motivos, necesidades y objeto que pretende la reforma, como así también, sobre las consecuencias que traerá aparejado la modificación del procedimiento en el ámbito local. Leer más...

Cambios estructurales en la Justicia Nacional del Trabajo
Fuente: La Nación 17 de junio de 2018
Por Mario Fera
La situación de muchos tribunales de nuestro país ha sido observada con preocupación por diversos medios últimamente. Entre ellos están los tribunales laborales de la Capital Federal, que componen la Justicia Nacional del Trabajo, sea por la cantidad de juicios que tramitan o por las condiciones de sus oficinas o edificios. Esa situación crítica afecta a quienes frecuentan los tribunales como abogados o litigantes, trabajadores o empleadores, así como a jueces, funcionarios y empleados que trabajamos con notables carencias. Leer más...

El Salario Mínimo, Vital y Móvil en su nivel más bajo de los últimos 14 años
El Gobierno Nacional ha vuelto a fijar el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) de forma unilateral y ha establecido un monto que se halla muy lejos de cubrir las necesidades mínimas que posee un trabajador. Como consecuencia de esta decisión, el SMVM se elevará a la suma de $ 12.500 mensuales a partir de junio de 2019, implicando un incremento del 25% anual en cuatro cuotas. De esta manera, al igual que en el 2017 el Gobierno Nacional ha ido nuevamente en contra de las disposiciones del artículo 14 bis de la Constitución Nacional, de la ley de contrato de trabajo y de la ley nacional de empleo.
El establecimiento de incrementos nominales que persistentemente se encuentran por debajo de los nieles de inflación ha afectado significativamente el poder adquisitivo del SMVM. Como puede observarse en el siguiente gráfico, al finalizar el año en curso la caída interanual habrá sido la más importante desde el año 2002 y monto del salario real será el más bajo desde el año 2004. En otras palabras, en los últimos tres años el SMVM habrá sido una de las variables que habrán experimentado el mayor ajuste en el mercado de trabajo.
En términos porcentuales, la caída real en el 2018 estará en torno al 8,6%, Leer más...

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