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Comunicado.
Por Adolfo Alvarado Velloso.
Trascribo el comunicado que hizo el Colegio de Abogados de Neuquén el día lunes 3 del corriente, y que defendiendo los fueros provinciales que son natural consecuencia de la vigencia del principio de reserva normado en la Constitución nacional, muestra y se opone a la ilegítima colonización que el CEJA está haciendo mansamente en los superiores tribunales de justicia de la Argentina al amparo de la increíble complicidad del Ministerio de Justicia de la Nación.
Y no sólo el método empleado es ilegítimo sino también autoritario pues, al margen de todo concepto constitucional de debido proceso, entroniza notable empoderamiento de los jueces, siguiendo en pleno siglo XXI las ideas totalitarias de Franz Klein en el Código Prusiano de 1895, en el Código nazi de 1937 y en el Código italiano fascista de 1940, a los que ahora nos hacen tributar en homenaje a la modernidad.
Cosas veredes, Sancho....
El Colegio de Abogados y Procuradores de Neuquén expresa su profunda preocupación por la inminente implementación del “Protocolo de gestión de la prueba de los procesos de conocimiento civiles”, incorporado por Acuerdo 5825, punto 23, del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Neuquén, de fecha 29/05/2019.
En primer lugar —y sin perjuicio de la necesidad de las nuevas herramientas que hacen a su contenido— advertimos la irregular gestación de dicho protocolo, pues implica un profundo cambio en la forma de gestionar los expedientes civiles, y para ello se ha avanzado sobre facultades de estricto resorte legislativo, de espaldas a la sociedad y, en lo que nos concierne en especial, a los abogados en su conjunto, habiendo quedado como meros espectadores de una virtual reforma procesal.
Se ha omitido oír a los representantes de los abogados colegiados, así como a sus institutos especializados en la materia, despreciando una oportunidad de escuchar a los ciudadanos en general y a los abogados en particular —que somos quienes debemos llevar la voz de los reclamos sociales que efectúan los ciudadanos en la justicia—, ofreciendo un protocolo de aplicación directa a partir del próximo 18 de junio del corriente.
Resulta llamativo, y de no menor gravedad institucional, implementar reformas judiciales desde el seno del Poder Judicial, en concordancia con las Bases para la reforma procesal civil y comercial impulsadas por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el programa “Justicia 2020”.
Es que tal modificación implica avanzar inusual e impropiamente sobre facultades propias del Poder Legislativo. Mal podría legitimarse una modificación de la ley procesal mediante un protocolo emanado del Poder Judicial que es, justamente, el que debe aplicar las normas procedimentales que el poder legisferante sancione de acuerdo a lo previsto en la Constitución Provincial.
Por estas razones, y sin que ello implique interferir en el ejercicio profesional de nuestros matriculados, en primer orden se recomienda el planteo de inconstitucionalidades en todos aquellos casos en que se detecte violación de normas legales del CPCyC vigentes, con motivo de la aplicación del mentado protocolo
Asimismo, se comunique sobre el avance sobre facultades legislativas a la Honorable Legislatura de la Provincia del Neuquén, a sus efectos.
Por último, se invite al resto de los Colegios integrantes del Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia del Neuquén, a analizar la viabilidad de una acción autónoma de inconstitucionalidad sobre la reglamentación dictada.
Se difunda a los matriculados y a la comunidad en su conjunto, en la forma de práctica, con adjunción de los anexos que hacen al Protocolo de referencia.
Cabe felicitar efusivamente esta loable actitud que se suma a la que ya han adoptado importantemente
la Federación Argentina de Colegios de Abogados y el Colegio de Abogados de Corrientes.
Es hora de que los códigos procesales sean proyectados por abogados en ejercicio pleno del litigio y no sólo por jueces y académicos sin la experiencia aquilatada en años de litigar...
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